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Corte de Apelaciones revoca prisión preventiva de único imputado por lesiones graves contra Fabiola Campillai

A 48 horas de que se impusiera la medida cautelar en contra del ex carabinero Patricio Maturana, el tribunal de alzada determinó que "no hay elementos objetivos" para "intensificar" la establecida en primera instancia.

30 de Julio de 2021 | 17:37 | Redactado por B. Osses, Emol
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Captura de pantalla.

Poder Judicial
Durante la jornada de este viernes, la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado por lesiones graves contra Fabiola Campillai, quien perdió la visión luego de que una bomba lacrimógena impactara en su rostro, en noviembre de 2019, en el marco de protestas por el 18-O.

Se trata del ex capitán de Carabineros Patricio Maturana, quien, tras el fallo unánime de la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Sylvia Pizarro, Adriana Sottovia y Claudia Lazen–, deberá cumplir las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional.

Cabe recordar que la decisión de la Corte se da a conocer a solo 48 horas de que la prisión preventiva fuera decretada por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, luego de que la fiscal Paola Zárate solicitara que ésta se retomara, al conocerse que el ex uniformado omitió que portaba una cámara GoPro al momento de los hechos.

Sin embargo, el tribunal de alzada determinó que "no hay elementos objetivos" para "intensificarla".

"Esta Corte sólo está llamada a conocer si en este estadio procesal existen antecedentes suficientes para intensificar las medidas cautelares decretadas en su oportunidad", comienza señalando el fallo.

Añadiendo que "del mérito de los antecedentes se advierte que en la especie no hay elementos objetivos que permitan intensificar la medida cautelar impuesta al imputado como ha solicitado el Ministerio Público, toda vez que las alegaciones que se han ventilado en esta audiencia dicen relación con el fondo del asunto, lo que deberá ser discutido en la audiencia de juicio respectiva y no en esta oportunidad".

Asimismo, agrega que "los fines del procedimiento se satisfacen adecuadamente con medidas cautelares distintas de la prisión preventiva".
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