Hoy comenzó a regir la nueva ley de Cambios en el Orden de los Apellidos que entrega la posibilidad a los padres de establecer el orden de estos de su primer hijo o hija, el cual se extenderá al resto de los hijos en común que inscriban con posterioridad. Dicho de otro modo, permite a las personas poner primero el apellido materno y después el paterno.
"Esta nueva ley permite dar un paso muy significativo para la igualdad del hombre y la mujer, ya que, en lo sucesivo, el orden de los apellidos no será necesariamente el del padre primero y el de la madre a continuación", dijo el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, quien subrayó: "Cambiar el orden de los apellidos no significa que las personas dejen de ser responsables de sus compromisos anteriores".
Sobre este último punto, explicó que "uno sigue, con apellidos nuevos,
con los mismos derechos y las mismas obligaciones y, por lo tanto, sigue siendo la misma persona legal".
Mientras que la subsecretaria de Derechos Humanos, Lorena Recabarren, señaló: "Esta ley tiene en poner a la igualdad de género, a la igualdad entre hombres y mujeres, en relación a algo que, como decíamos, es muy determinante para la vida en términos sociales de un hijo o una hija".
A continuación, una manual de preguntas y respuestas para una más simple comprensión de la iniciativa legal, aprobada y despachada por el Congreso en abril del año pasado.
¿Qué documento deben presentar los padres?
Desde hoy, la persona que inscriba al recién nacido, para invertir el orden de los apellidos, deberá presentar un "formulario de acuerdo" firmado por ambos padres.
¿Qué ocurre si el documento no viene firmado por ambos padres?
Si el documento no viene firmado por los dos, la ley establece que el oficial civil deberá efectuar un sorteo, en este caso, por medio de una moneda, para establecer el orden de los apellidos del inscrito.
¿Y si mis hijos ya están inscritos y quiero cambiar el orden de los apellidos?
En el caso de los hijos o hijas menores de edad ya inscritos, los padres podrán solicitar el cambio de orden de sus apellidos, hasta un año después desde el día de entrada en vigencia de la ley, es decir, hasta el 11 de enero de 2023.
¿Pueden solicitar la modificación los mayores de 18 años?
La ley establece que también pueden solicitar el cambio de orden de apellidos los mayores de 18 años mediante un trámite en Registro Civil, cuyo cambio se transmitirá a sus hijos menores de edad.
¿Y si tiene entre 14 y 18 años?
Si estos son mayores de 14 y menores de 18 años, deben firmar un consentimiento el día de la solicitud.
¿Quién no puede pedir el cambio de apellido?
Todos pueden hacer este cambio, pero si alguien tiene condenas por delitos que merezcan pena aflictiva, tiene que ir a un tribunal a pedir la autorización, salvo que se trate de alguien que ha sido condenado por delito de abuso sexual contra niño, niña o adolescente. Ellos nunca van a poder hacer el cambio de orden de sus apellidos.
Si soy extranjero, ¿puedo cambiar el orden de los apellidos?
Los extranjeros solo podrán solicitar el cambio del orden de sus apellidos para efectos de la emisión o para la rectificación de sus documentos chilenos, cumpliendo los requisitos establecidos en esta ley, además de tener residencia definitiva y el nacimiento inscrito en Chile.
El Registro Civil agregó en sistema de agendamiento de trámite en línea para solicitar hora para cambiar el orden de los apellidos. "Tenemos alrededor de 7.000 citas mensuales, en 372 oficinas a lo largo del país, para que las personas puedan hacer este trámite sin tener que esperar, o estar con la incertidumbre de cuándo lo pueden hacer", dijo su director Sergio Mierzejewski,
Para ello señaló que se debe ingresar a
www.registrocivil.cl, donde hay un banner que contiene la información y una explicación de todas las maneras de cambiar el orden de los apellidos,
junto a los respectivos formularios que se requieren.