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Idea de que solo el Estado provea derechos sociales desata controversia

La decisión, que deberá tomarse en la comisión de Derechos Fundamentales, podría significar el fin de la educación particular subvencionada o de las atenciones de pacientes de Fonasa por prestadores privados.

06 de Febrero de 2022 | 11:36 | Por N. Cabello y M. Vega, Crónica Constitucional
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El Mercurio
¿Podría la Convención Constitucional terminar con la educación particular subvencionada? Es una discusión que se instaló en la comisión de Derechos Fundamentales, donde si bien recién ayer comenzaron a votar en general, durante la etapa de discusión de normas ya algunos convencionales evidenciaron sus posiciones respecto de si los derechos sociales —como educación, salud u otros— podrían ser provistos por privados o solo por el Estado.

Ocurrió cuando la constituyente Janis Meneses (Movimientos Sociales Constituyentes) presentaba la iniciativa n°11, que !Establece finalidad, límites, garantía, financiamiento y regulación de derechos fundamentales! y que es impulsada por ella y otros miembros de su colectivo: la presidenta de la Convención Constitucional, María Elisa Quinteros; Alondra Carrillo, Manuela Royo, Elisa Giustinianovich, Gloria Alvarado, Alvin Saldaña y Bastián Labbé.

La norma —que al cierre de esta edición se planeaba votar— establece que "los Derechos Fundamentales no serán nunca considerados bienes económicos y tampoco sometidos a la lógica del mercado. Por el contrario, son bienes sociales y culturales indispensables para el pleno desenvolvimiento de la vida en sociedad"y que "El Estado financiará instituciones de servicio público, las cuales son reconocidas bajo su propiedad y dependencia, en la gestión y administración total de la institución. El financiamiento debe ser basal, permanente y directo, con pertinencia cultural. Para ello, destinará el presupuesto necesario para asegurar el debido financiamiento de las instituciones estatales destinadas a la protección y promoción de los derechos".

"Ningún peso del Estado"


Al deliberar sobre la primera parte de la propuesta, la convencional Katerine Montealegre (Unidos por Chile) preguntó a Meneses: "¿Se busca con esto impedir la provisión privada de ciertos derechos sociales o prestaciones y solo que exista una provisión estatal o implica que el privado puede hacerlo de forma gratuita, sin lucrar? ¿Podrán los particulares abrir colegios, cobrarles a los padres interesados de tener una educación distinta a la que promueva la administración estatal? ¿Podrán los particulares abrir o no una clínica?".

Meneses respondió: "Nosotros creemos que si los privados quieren entre ellos venderse educación, salud, vivienda, lo pueden hacer, pero sin ningún peso del Estado de Chile (...). Que el Estado cumpla su rol garante de provisión y financiamiento".

Felipe Harboe (Colectivo del Apruebo) reparó en el punto y planteó: "Es importante considerar la posibilidad de que quien quiera proveerse de un servicio privado de educación pueda hacerlo y que quien quiera pagarlo pueda hacerlo. De pronto se confunden los conceptos y se cree que la provisión mixta en materia de educación tuvo su origen en la Constitución de Pinochet, y eso no es así. Chile tiene una tradición por allá por 1940, 45, de inicios del sistema de provisión mixta como un mecanismo, justamente, de no desviar ciertos recursos a aquellas personas que teniendo la capacidad económica pueden proveerse de un sistema de educación privada".

Harboe agregó que "es clave que tengamos la educación como una garantía, pero a su vez también no cerrar la puerta a la posibilidad de tener un sistema donde coexista también la educación privada" y preguntó a Meneses: "¿Para ti, la idea es cerrar la puerta a la posibilidad de una educación privada o circunscribirla solo a que esa educación privada no pueda tener ningún tipo de financiamiento, un poco terminar con la educación particular subvencionada?

La respuesta de Meneses fue que "lo que queremos hacer es fortalecer lo público"; agregó que la figura del sostenedor "no es democrática” y que “lo que nosotros estamos poniendo en tensión en este debate tiene que ver con la figura del sostenedor".

Régimen de lo público


"En el debate actual hay una sobrerreacción de algunos sectores que creen que los derechos sociales jamás pueden ser provistos por privados. Y esto se debe a una larga tradición de ya más de 30 años en que muchos privados lucraban a propósito de la provisión de derechos sociales", advierte Javier Couso, académico de Derecho Constitucional en la UDP y de la U. de Utrecht (Países Bajos). Sin embargo, afirma que "la mirada moderna de los Estados socialdemócratas es que el Estado debe siempre estar velando por que los derechos sociales sean provistos a las personas, pero aceptan que participen privados en la medida en que lo hagan bajo el denominado régimen de lo público. Esto es que no discriminen a quienes van a ser los receptores de esos derechos sociales por su capacidad de pago".

Por su parte, el académico de Derecho de la U. de los Andes Jaime Arancibia cree que "dado que en Chile la provisión de derechos sociales ha sido históricamente estatal y privada con apoyo y regulación del Estado, la idea de que el Estado sea monopólico, excluyendo a los particulares, podría causar un grave daño a la cobertura y calidad de estos servicios en todo el territorio". Añade que "la provisión monopólica de derechos sociales por parte del Estado suele funcionar mal porque el Estado carece de capacidad para cubrir debidamente las necesidades de la población".

Para Ernesto Treviño, director del Centro UC para la Transformación Educativa, "el Estado podría ser el único proveedor de derechos sociales, como lo es en muchos países desarrollados y funciona de forma adecuada. Chile, sin embargo, está en el otro extremo, con un marco normativo que limita incluso la garantía de derechos sociales y, por tanto, el rol que le cabe al Estado (...)", pero señala que "en la experiencia comparada hay casos de colaboración entre un Estado que tiene la responsabilidad de garantizar y proveer servicios, y que esto último se hace en colaboración con entidades privadas, pero en un marco de garantías de derechos. Holanda en educación y el Reino Unido en salud son ejemplos de aquello".

Impacto


En el caso de educación, Treviño asevera que la propuesta es "política y técnicamente poco factible. En educación escolar y superior, cerca de dos tercios de los estudiantes asisten a instituciones de carácter privado, pero subvencionadas. A nivel político es complejo afectar a un gran número de estudiantes que participan en esas instituciones, puesto que sería muy impopular. A nivel técnico, incluso las instituciones públicas no tendrían capacidad para recibir la demanda que se generaría por un cierre abrupto de los privados. En el ámbito técnico, se requeriría profundizar la misión de satisfactor de derechos de las instituciones privadas, por ejemplo, en educación y salud, que han estado marcadas por malas prácticas para generar lucro donde estaba prohibido y a costa de los derechos de las personas, con un fuerte énfasis en su rol público y con el Estado como garante final".

"El problema de dejar solo al Estado como proveedor de derechos sociales es que en el corto plazo el Estado a veces no tiene la capacidad instalada como para acudir a proveer educación gratuita y de calidad a todos los niños de Chile. En ese caso se justifica plenamente la participación de privados, pero bajo el régimen de lo público, en que no pueden lucrar, en que si reciben subvención para enseñar, no pueden seleccionar a los niños de acuerdo a su rendimiento y no pueden discriminarlos", dice Couso.

En salud, la decisión también podría tener un alto impacto. Los últimos datos de Clínicas de Chile muestran que antes de la pandemia el 43% de las atenciones de recintos privados fueron a beneficiarios de Fonasa, con bonificación del seguro público.

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