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Comisión de Derechos Fundamentales rechaza propuesta del PC e independientes que crea un "Consejo de Medios"

La instancia desechó la norma con 14 votos a favor y 19 en contra. Por otro lado, aprobó en general la libertad religiosa.

10 de Febrero de 2022 | 19:31 | Por Cecilia Román, Emol.
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La Comisión de Derechos Fundamentales inició la votación en general del bloque de derechos y libertades clásicas.

Chile Convención
La Comisión de Derechos Fundamentales rechazó en general la norma impulsada por el PC, MSC, Coordinadora Plurinacional y otros independientes para crear un "Consejo de Medios", encargado de "velar por el correcto funcionamiento de todos los medios de comunicación social, públicos o privados, de cobertura nacional, regional, local o territorial, independientemente de su soporte".

Este había sido criticado por tratarse de una fórmula que, a juicio de otros convencionales, podía "limitar" la libertad de expresión. En la comisión, la idea tuvo 14 votos a favor y 19 en contra.

De esa propuesta, los únicos artículos que se visaron fueron uno que explicita que el Estado de Chile debe adoptar medidas para garantizar el establecimiento de medios de comunicación e información indígena, "inclusive reconociendo cuotas sobre el espectro radioeléctrico".

Esta disposición logró 27 votos a favor y seis en contra de Felipe Harboe (Col. del Apruebo) y los representantes de Vamos por Chile Katerine Montealegre, Teresa Marinovic, Rocío Cantuarias, Claudia Castro y Alfredo Moreno.

Otro que logró el apoyo consagra el derecho de los pueblos originarios de establecer sus propios medios de comunicación en sus lenguas, aprobado por 26 votos a favor y 7 en contra. Asimismo, se visó por 17 votos a favor y 16 en contra (Vamos por Chile, FA, INN y Colectivo Socialista) que dice que la Constitución "asegura y garantiza la cláusula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas".

La libertad de opinión y prensa

Sobre la libertad de emitir opinión, de información, de culto y de prensa, la instancia aprobó por 30 votos una norma del Colectivo Socialista que explicita que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".

Asimismo, se aprobó por 32 votos y un rechazo de Teresa Marinovic (Chile Libre) un inciso que replica lo que ya está hoy en la Constitución: "toda persona natural o jurídica tiene el derecho de fundar, editar y mantener diarios, revistas y periódicos, u otros medios digitales, en las condiciones que señale la ley".

Esta también dice que "no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones", lo que se visó de forma unánime.

Finalmente prohíbe toda propaganda "en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, religioso, o de cualquier otra índole, que constituyan incitaciones a la violencia", que logró 24 votos a favor, 7 en contra de los convencionales de Vamos por Chile y dos abstenciones de la machi Francisca Linconao y María Rivera (Coordinadora Plurinacional).

Libertad de conciencia y religión

La primera parte de la sesión se dedicó a votar las iniciativas indígenas e iniciativas populares de norma referidas a libertad de conciencia y religión, como la que promovían las Confesiones Religiosas de Chile. Se rechazaron todas.

La propuesta que se impuso fue la del Colectivo Socialista, que logró 32 votos a favor y una abstención de Rocío Cantuarias (Chile Libre). Esta dice que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o cosmovisión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza".

Además, consagra que "nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección" y que las únicas limitaciones que tiene la manifestación de la propia religión o creencias es las prescritas por la ley, necesarias para "proteger la seguridad, el orden público, la salud pública, o los derechos y libertades fundamentales de los demás".

También se aprobó que "los pueblos y naciones indígenas, en el ejercicio de su libre determinación, tienen derecho a manifestar sus prácticas espirituales y religiosas de acuerdo a sus creencias y cosmovisión; a mantener y proteger sus lugares sagrados y aquellos con relevancia cultural y espiritual cuyo acceso debe ser libre y expedito; a utilizar, rescatar y preservar sus objetos de culto o que tengan algún significado sagrado".

Esta es una propuesta del PC, MSC y otros independientes, y fue respaldada por 24 convencionales, mientras que Matías Orellana (Colectivo Socialista) y Alfredo Moreno, Rocío Cantuarias, Katerine Montealegre y Teresa Marinovic de Vamos por Chile la rechazaron. Hubo además dos abstenciones de Manuel José Ossandón y Bárbara Rebolledo, de Ind. RN-Evópoli.

En tanto, se aprobó por 18 votos a favor y 15 en contra una propuesta de Benito Baranda que establece que el "Estado de Chile es laico y no confesional, y se rige por el principio de neutralidad religiosa, por lo tanto reconoce la espiritualidad como elemento esencial del ser humano, e incentiva la convivencia pacífica y la colaboración para el bien común con todas las entidades religiosas y grupos de orden espiritual, con su diversidad étnica y de cosmovisiones".

Y por 27 votos a favor y cinco en contra, se visó un inciso de la misma norma que dice que las personas jurídicas con fines religiosos no podrán tener fines de lucro, y deben gestionar gasto e ingresos de forma "transparente". Además, explicita que los "ministros de culto, autoridades o directores no podrán tener condenas que los inhabiliten para trabajar con menores de edad, ni registrar condenas por violencia intrafamiliar".

Estas votaciones recién implican que se abre el debate y un periodo de indicaciones para las propuestas aprobadas. En caso de que vuelvan a aprobarse en particular, pasan al pleno de la Convención, donde necesitarán del apoyo de 2/3 de los constituyentes para integrar el proyecto de nueva Constitución.
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