La Comisión de Sistemas de Justicia sigue votando durante esta jornada las normas que no lograron los 2/3 en el pleno la semana pasada, tanto en general como en particular. Entre los temas que han abordado desde el inicio de la sesión están la inamovilidad de los jueces, el pluralismo jurídico y la definición de la función jurisdiccional.
Lo primeros artículos de lo que se hizo cargo la instancia fueron el que consagra que los jueces son inamovibles y no pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino por el Consejo de Justicia; y que cesar en sus cargos al alcanzar los 70 años de edad o "al cumplirse la duración prevista" del cargo, lo que fue desechado en general en el pleno.
Sobre esto, la comisión rechazó las redacciones alternativas de la centroderecha y aprobó la indicación de Daniel Bravo (Pueblo Constituyente), Natividad Llanquileo (pueblo mapuche), Daniel Stingo (FA), Mauricio Daza (INN), Manuela Royo (MSC), Hugo Gutiérrez (PC) y Luis Jiménez (pueblo aymara) que dice que "las juezas y jueces son inamovibles.
No pueden ser suspendidos, trasladados o removidos sino conforme a las causales y procedimientos establecidos por la Constitución y las leyes", por 13 votos a favor y 5 en contra (los representantes de Vamos por Chile Luis Mayol, Patricia Labra, Ruggero Cozzi, Carol Bown y Ruth Hurtado).
En tanto, sobre el antiguo artículo 8, que establecía que "para hacer ejecutar sus resoluciones y practicar o hacer practicar las actuaciones que determine la ley, los órganos que ejercen jurisdicción podrán impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública y a toda otra autoridad o persona", fue reemplazado por una redacción de los mismos convencionales, que recibió el respaldo unánime de la comisión.
Ahora, este punto dice que "para hacer ejecutar las resoluciones y practicar o hacer practicar las actuaciones que determine la ley, los tribunales de justicia podrán impartir órdenes o instrucciones directas a la fuerza pública, debiendo cumplir lo mandatado de forma rápida y expedita, sin poder calificar su fundamento, oportunidad o legalidad".
El segundo inciso de la nueva propuesta recibió 14 votos a favor y 5 en contra de Vamos por Chile, y plantea que "las sentencias dictadas contra el Estado de Chile por tribunales internacionales de derechos humanos, cuya jurisdicción ha sido reconocida por éste, serán cumplidas por los tribunales de justicia conforme al procedimiento establecido por la ley, aun si contraviniere una sentencia firme pronunciada por estos".
El procedimiento para estas nuevas normas se repite: deben llegar al pleno en un nuevo informe, pero si se rechazaran nuevamente en general (menos de 103 votos), quedarán desechadas definitivamente del proceso.
Lo que se rechazó en particular en el pleno
En cuanto a lo que no logró los 2/3 en la discusión en particular la semana pasada, los constituyentes partieron la votación con el artículo sobre la "función jurisdiccional", que había sido cuestionado por establecer que "se ejerce en nombre de los pueblos y consiste en conocer, juzgar y ejecutar con efecto de cosa juzgada todos los conflictos de relevancia jurídica, por medio de un debido proceso, de conformidad a la Constitución, las leyes y los estándares internacionales de derechos humanos".
La redacción alternativa aprobada por 13 votos a favor, cinco en contra y 1 abstención de Rodrigo Logan, reemplaza el texto por uno que dice que "la jurisdicción es una función pública que se ejerce en nombre de los pueblos y que consiste en conocer y juzgar, por medio de un debido proceso los conflictos de relevancia jurídica y hacer ejecutar lo resuelto, de conformidad a la Constitución y las leyes,
así como los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte".
Además, consagra que "se ejerce exclusivamente por los tribunales de justicia y las autoridades de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución o las leyes dictadas conforme a ella. Al ejercer la jurisdicción se debe velar por la tutela y promoción de los derechos humanos".
Otro de los puntos que mayor conflicto generaron en el pleno es el del pluralismo jurídico, cuyo artículo rechazado la semana pasada establecía que coexisten Sistemas Jurídicos Indígenas en plano de igualdad con la justicia nacional.
La comisión rechazó en esta oportunidad todas las redacciones que hablaban de "unidad jurisdiccional", y aprobó una propuesta de Mauricio Daza, Tomás Laibe (Colectivo Socialista), Ingrid Villena (Pueblo Constituyente), Christian Viera (FA), Manuel Woldarsky (Coordinadora Plurinacional), Vanessa Hoppe (MSC), Luis Jiménez y Natividad Llanquileo, por 14 votos a favor y 5 en contra de Vamos por Chile.
Esta dice que "el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia".
"Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales", consagra el texto nuevo.
Sobre los puntos rechazados en particular en el pleno, el protocolo de votación que envió la mesa directiva a los constituyentes dice que, una vez despachada de la comisión la nueva propuesta normativa, si alcanza los 2/3 se suma a la propuesta de nueva Constitución. Si solo suma 3/5 podría considerarse para el eventual plebiscito dirimente -que aún no se legisla en el Congreso- y si no llega a esa cifra, queda desechada definitivamente.