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Convención aprueba facultad que permite al asambleas regionales pedir potestades legislativas al Congreso

El pleno del órgano constituyente concluyó la votación de las normas pendientes referidas al Estado regional que fueron rechazadas hace un par de semanas atrás.

23 de Marzo de 2022 | 17:54 | Por Cecilia Román, Emol.
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La Convención Constitucional terminó el diseño de las asambleas regionales que ya fueron aprobadas y están en la nueva Constitución.

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Con la votación de esta jornada, el pleno de la Convención Constitucional terminó el despacho al proyecto de Constitución de las normas relacionadas a la forma jurídica del Estado regional que propuso la Comisión de Forma de Estado y concluyó el diseño de las asambleas regionales que ya están aprobadas.

Uno de los pendientes de ese informe era el detalle de las últimas atribuciones que tendrán estos órganos, y que fueron rechazadas la última vez por no alcanzar los 2/3.


Esta tarde, el pleno visó tres facultades más para estas asambleas: primero, "concurrir, en conjunto con el gobernador regional en el ejercicio de la potestad reglamentaria, en la forma prescrita por la Constitución y las leyes".

Luego, "ejercer la potestad reglamentaria de ejecución de ley cuando esta lo encomiende y dictar los demás reglamentos en materias de competencia de la región autónoma".

Y finalmente, "solicitar al Congreso la transferencia de la potestad legislativa en materias de interés de la Región Autónoma respectiva, en conformidad a la ley".

Esta última es relevante, pues una de las demandas de los convencionales de centroizquierda e izquierda en la comisión era que las asambleas tuvieran potestades legislativas -de hecho así se propuso en una primera instancia- pero el pleno no lo permitió.

Con esta aprobación -112 votos a favor, 29 en contra y 11 abstenciones-, estos órganos se mantendrán con las facultades normativas y reglamentarias, pero podrán solicitar, cuando sea de interés de la región, esa atribución al Congreso.

Asimismo, se rechazó definitivamente una norma que establecía que una ley aseguraría la integración y requisitos para acceder al cargo de asambleísta, con respeto a los criterios de representatividad territorial, paridad de género y escaños reservados para los pueblos y naciones indígenas presentes en la región (99-43-10).
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