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Los detalles del acuerdo de los sectores oficialistas de la CC que reconfigura el funcionamiento político

La propuesta se ingresó formalmente cerca de la medianoche del lunes e incluye las definiciones sobre los tres grandes temas que no tenían consenso la semana pasada.

29 de Marzo de 2022 | 11:09 | Por Cecilia Román, Emol.
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Los integrantes de la Comisión de Sistema Político que representan a la izquierda y centroizquierda -menos Fuad Chahin y Renato Garín- alcanzaron un acuerdo la noche del lunes.

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Luego de casi dos semanas de discusión a puertas cerradas, 17 de 25 integrantes de la Comisión de Sistema Político -desde INN hasta la Coord. Plurinacional- lograron un acuerdo para proponer al pleno de la Convención el diseño del Poder Ejecutivo, Legislativo, Sistema Electoral y regulación de organizaciones políticas que contemplaría la nueva Constitución.

Los puntos más importantes del documento son tres: se trata de un régimen de presidencialismo "atenuado", según lo han denominado, que no contempla ninguna figura protagónica adicional a la del Mandatario; hay un Parlamento bicameral asimétrico, con un Congreso de Diputadas y Diputados y una Cámara de las Regiones; y no hay mención alguna a "partidos políticos" ni "movimientos político-sociales", como decía previamente, sino solo a "organizaciones políticas"

En cuanto al Poder Legislativo, el Congreso de Diputadas y Diputados "es un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representa al pueblo", compuesto por al menos 155 miembros electos en votación directa por distritos electorales. Entre sus funciones exclusivas está fiscalizar actos de Gobierno, otorgar su acuerdo para que el Mandatario se ausente por más de 30 días del país y conocer contiendas de competencia entre autoridades políticas o administrativas y tribunales de justicia.

La Cámara de las Regiones -cuyos integrantes se llamarán "representantes regionales"- es esencialmente "un órgano deliberativo, paritario y plurinacional de representación regional encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional", compuesto por al menos 3 representantes regionales por región. El número exacto lo determinará la ley, pero tendrá que ser el mismo para todas las regiones. Un punto clave es que se elegirán en votación popular junto a las autoridades comunales y regionales tres años después de la elección presidencial y del Congreso.

Hay también una relación con las asambleas regionales ya aprobadas en el proyecto de nueva Constitución: los candidatos a la asamblea regional y a la Cámara de las Regiones se presentan en la misma lista, pero se votarán y serán elegidos por separado. Asimismo, los representantes regionales son miembros de la asamblea regional.

Entre las innovaciones de la propuesta está también que los parlamentarios solo podrán ser reelegidos hasta por un período, y los cargos durarán cuatro años. Asimismo, se incorpora una nueva causal de cesación en el cargo: la desafiliación de la organización política por la que se declaró la candidatura.

Materias de ley y tramitación


En el proceso de formación de la ley hay varias claves. Lo primero es que se reconocen tres tipos de leyes: las de concurrencia presidencial necesaria -por ejemplo las que irroguen directamente gastos al Estado-, las de acuerdo regional -que requieren de la tramitación de ambas cámaras- y las que puede tramitar en solitario el Congreso. Las leyes de concurrencia presidencial sólo podrán ser aprobadas si el Presidente entrega su patrocinio durante la tramitación del proyecto.

Entre las leyes de acuerdo regional están la de Presupuesto; las que regulen votaciones populares y escrutinios y organizaciones políticas; las que reformen la Constitución sobre el Poder Ejecutivo y Legislativo; las que regulen elección, designación, competencias, atribuciones y procedimientos de los órganos y autoridades de las entidades territoriales; y las que alteren la división política o administrativa del país, entre otras.

El quórum de aprobación de leyes es mayoría de los miembros presentes, y la tramitación inicia y termina en el Congreso de Diputadas y Diputados, sin perjuicio de que los representantes regionales pueden ingresar sus propias iniciativas. Otras fuentes de ingreso de iniciativas son el Ejecutivo, la iniciativa popular y la iniciativa indígena.

Hay pocos momentos en los que el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones se reunirán: lo harán para tomar el juramento al Presidente, para recibir la cuenta pública anual el 5 de julio, y para inaugurar el año legislativo.

También para la tramitación de las leyes de acuerdo regional, que inician en el Congreso de Diputadas y Diputados y luego pasan a la Cámara de las Regiones. Si se rechazara un proyecto en la Cámara, los representantes regionales pueden hacerle modificaciones. Si se rechazan esas enmiendas, se arma una Comisión Mixta, cuyas propuestas debe votar solo el Congreso de Diputadas y Diputados. Además, el Congreso puede volver a insistir en su proyecto original por 4/7 de los diputados.

El Presidente también puede rechazar un proyecto y devolverlo al Congreso con observaciones, pero estos sólo podrán estar relacionados a las ideas matrices o fundamentales del proyecto. Esas enmiendas pueden ser aprobadas o rechazadas por el Congreso por la mayoría de los presentes; y si el Presidente rechazara completamente la propuesta, el Congreso podrá insistir por el voto de 4/7 de sus miembros en ejercicio.

Sobre las urgencias, la propuesta dice que serán definidas según la ley, pero existirá la "urgencia popular". En tanto, otra innovación es la creación de una Unidad Técnica, con una secretaría legislativa encargada de asesorar en los aspectos jurídicos de las leyes que se tramiten; y una secretaría de presupuestos, que estudiará el efecto presupuestario y fiscal de los proyectos de ley.

Finalmente, sobre la Presidencia no se innovó con un ministro de gobierno ni un vicepresidente, y se estableció que para ser elegido en el cargo se requiere tener nacionalidad chilena, ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio y haber cumplido treinta años de edad.

El Mandatario tiene una lista de 20 atribuciones, entre las que están dirigir la administración del Estado; nombrar y remover ministros y subsecretarios, además de otros cargos de confianza; declarar estados de excepción constitucional; convocar plebiscitos, designar y remover a las altas autoridades de las FF.AA. y de Orden y Seguridad. El gabinete será paritario y al menos un ministro deberá pertenecer a un pueblo o nación indígena.

Sistema electoral y organizaciones políticas


Sobre el sistema electoral, la ley se encargará de definir el sistema conforma a "principios de igualdad sustantiva, paridad, alternabilidad de género" y tendrá que garantizar que los órganos colegiados tengan composición paritaria, además de promover la paridad en las candidaturas de cargos unipersonales.

El voto, en tanto, será obligatorio para los mayores de 18 años, y facultativo para personas de 16 y 17, lo mismo que para chilenos y chilenas en plebiscitos nacionales, elecciones presidenciales y de diputados y diputadas.

También habrá escaños reservados para pueblos y naciones indígenas en los órganos colegiados de representación popular a nivel nacional, regional y local, y un escaño para el pueblo tribal afrodescendiente en el Congreso.

Sobre las organizaciones políticas, la regulación quedó ambigua y no hace referencia a partidos o a movimientos, sino que a "organizaciones políticas". Estas son "entidades públicas no estatales, de carácter voluntario, que concurren a la formación de la voluntad popular" y "deberán presentar un programa que oriente su actividad política".

La ley estará encargada de regular su constitución, organización, exigencias de transparencia, democracia interna y otros. Lo que sí es que tendrán que implementar la paridad en sus espacios de dirección.

La propuesta además consagra el derecho de las personas a participar en organizaciones políticas y postular a cargos de elección popular a través de ellas o como independientes.

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