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Cinco puntos de la propuesta de sistema político donde sigue la búsqueda de acuerdos

Las escasas atribuciones de la Cámara de las Regiones, el rechazo a las listas de independientes y la redacción de norma de paridad todavía tensionan a los colectivos.

09 de Abril de 2022 | 12:03 | Por Alexandra Chechilnitzky, Crónica Constitucional
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El Mercurio
Para la próxima semana está previsto que el pleno vote la nueva propuesta de sistema político. El informe, que contiene artículos respecto de los poderes Ejecutivo y Legislativo y sistema electoral, fue aprobado en la comisión y se estructuró sobre el acuerdo de convencionales de Independientes No Neutrales (INN), Colectivo Socialista, Frente Amplio, Chile Digno, Mov. Sociales Constituyentes, Pueblo Constituyente, Coord. Plurinacional y escaños reservados.


Sin embargo, ante su inminente votación, todavía hay dudas de si cuentan con todos los votos necesarios.

1 Todopoderoso Congreso


La propuesta estipula crear un Congreso de Diputadas y Diputados integrado por al menos 155 parlamentarios, que fiscalizará los actos del gobierno y desde el cual todos los proyectos de ley comenzarán su tramitación. También crea una Cámara de las Regiones integrada por la misma cantidad de representantes por región.

Al respecto, Marcela Peredo, profesora de derecho constitucional e investigadora del observatorio constitucional Polis de la U. de los Andes, dice que “se fortalece la Cámara de Diputados, que en definitiva es la que debe realizar los actos propiamente de representación y las leyes. La otra Cámara no se entiende muy bien qué función va a cumplir”.

Por el contrario, Javier Couso, académico de la UDP de la U. de Utrecht, plantea que "no es raro que la cámara que va a hacer las leyes nacionales prioritariamente sea la Cámara baja".

El informe propone que las atribuciones de la Cámara de las Regiones sean respecto de leyes de acuerdo regional, las que primero deberán ser aprobadas por el Congreso. Si la Cámara de las Regiones presentara enmiendas al proyecto inicial y estas no fueran aprobadas por el Congreso, se crearía una comisión mixta. Si no hay acuerdo ahí, el Congreso, con 4/7 de los votos de sus miembros, podría insistir en la formulación original.

Este último punto genera dudas en algunos colectivos de izquierda, como Mov. Sociales Constituyentes, quienes aún no se convencen de dicha figura, mientras que otros, como en el Colectivo Socialista, plantean derechamente que hay que corregir la redacción. Asimismo, convencionales del Frente Amplio, el Colectivo Socialista y también de derecha postulan que en el próximo informe que la comisión envíe al pleno se podrían incluir otras atribuciones para la Cámara de las Regiones, como la aprobación de tratados internacionales, las acusaciones constitucionales y mayores competencias para revisar reformas constitucionales.

2 El rol del Presidente


Son 14 artículos que regulan al Ejecutivo que, según convencionales de INN, socialistas, Frente Amplio, Chile Digno, Mov. Sociales Constituyentes, Pueblo Constituyente y escaños reservados, podrían tener los dos tercios en el pleno, contando con el apoyo de la derecha en algunas normas excepto respecto de las leyes de concurrencia presidencial donde hay diferencias.

Según el informe, si el Congreso de Diputadas y Diputados despacha una iniciativa, el Presidente la podrá devolver con observaciones o con una "propuesta de rechazo total". En este último caso, el Congreso "podrá insistir con el voto conforme de los 4/7 de sus miembros en ejercicio".

Valeria Palanza, académica de Ciencia Política de la UC, explica que la cantidad de materias de iniciativa exclusiva del Presidente, respecto de la situación actual, "se redujo y se reemplazó por esta idea de concurrencia necesaria, que si bien le da una atribución importante a la presidencia en el proceso legislativo, es distinto decir que el Congreso no puede iniciar leyes en determinados temas siendo el Congreso el Poder Legislativo, que en la Constitución se le impida iniciar legislación en una cantidad extensa de temas".

3 Más allá de la paridad


El informe contempla que “todos los órganos del Estado deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, el cincuenta por ciento de sus integrantes sean mujeres, y garantizarán la representación de identidades trans y no binarias". Si bien desde todos los colectivos de izquierda están de acuerdo con una norma de paridad, hay dudas sobre aprobar esta redacción.

Juan Enrique Pi, abogado y director de Fundación Iguales, señala que "instalar que la paridad es mitad hombres y mitad mujeres, y que además tienen que estar las personas trans y las personas no binarias, implica decir que las personas trans y las personas no binarias no son hombres ni mujeres propiamente tal".

4 Organizaciones políticas


La comisión rechazó la propuesta que planteaba que "las personas no afiliadas ni adherentes a organizaciones políticas podrán presentar candidaturas a cargos de elección popular" y en su reemplazo aprobó que para las elecciones se deberá garantizar que “órganos colegiados tengan una composición paritaria" y que "la ley podrá exigir, como condición para acceder a cargos electivos en el Congreso de Diputadas y Diputados, que las organizaciones políticas respectivas hayan alcanzado una proporción determinada de los votos totales emitidos a nivel nacional o un número de diputadas o diputados electos".

Esto molestó a convencionales independientes. Por lo mismo, hay dudas sobre si estarán los votos suficientes. En Pueblo Constituyente, Coord. Plurinacional y escaños reservados no están de acuerdo con excluir a las listas de independientes e incluso algunos apuntan a que Frente Amplio y socialistas tensionaron las negociaciones previas. Otros valoran la honestidad de algunos convencionales de Chile Digno, quienes habrían señalado que "no firmarían el fin de su partido".

5 Revocación de mandato


Para el abogado Jorge Correa Sutil, "existen dos normas en este proyecto que me parecen contrarias a la democracia. La primera es que la mayoría pueda disponer del distritaje y del sistema electoral. Las mayorías los acomodarán siempre a su favor y eso pone en riesgo la alternancia en el poder y los derechos de la minoría. Lo segundo es el artículo 21, letra a) del proyecto que contempla la revocación del mandato, pero no lo regula. Si esa revocación la hacen los electores, como sería de suponer, la mayoría podrá siempre revocar el poder de los mandatos de la minoría. Un régimen donde las minorías no tienen representación no es una democracia".

Dicho numeral plantea que cesará del cargo de diputado o representante regional "a quien se le haya revocado su mandato, conforme a lo establecido en esta Constitución". La norma tendría los votos de socialistas, Frente Amplio, Chile Digno, escaños reservados e independientes. Eso sí, explican, sería la comisión de Principios constitucionales la encargada de fijar los detalles y en esa instancia aún no hay consenso.

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