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Comisión de la CC propondría al pleno que detalles sobre "autonomías territoriales indígenas" queden para la ley

La propuesta previa de Forma de Estado no logró convencer a los 2/3 de los convencionales, por lo que la instancia preparó artículos mucho más acotados que antes.

16 de Abril de 2022 | 09:01 | Por Cecilia Román, Emol.
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Este martes y miércoles, la comisión votará una nueva propuesta sobre las autonomías territoriales indígenas.

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"El Estado se organiza territorialmente en regiones autónomas, comunas autónomas, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales". La norma es parte ya del borrador de nueva Constitución, pero hasta el momento no es claro en qué consistirán las autonomías territoriales indígenas (ATI) que están mencionadas, y recién esta próxima semana serán revisados los artículos que les darían forma, en la Comisión de Forma de Estado de la Convención.

Aquel escenario se dio porque el segundo informe de esa instancia, que fue votado en el pleno hace dos semanas, era el que debía entregar más luces sobre su creación, delimitación y competencias, pero todo el articulado que hacía referencia a esto se rechazó. En él se proponía que estas fueran "entidades territoriales donde los pueblos y naciones indígenas ejercen su derecho al autogobierno, con autonomía política, administrativa, jurídica, lingüística y financiera".

Uno de los puntos que más ruido hizo para los convencionales es que, para delimitar físicamente estos nuevos espacios, los representantes de un pueblo originario debían presentar documentación ante "el órgano administrativo competente", y acreditar sus "patrones tradicionales de ocupación".

Para esto se admitía "todo tipo de antecedentes que puedan dar fe de la ocupación o posesión tradicional". Entre los documentos permitidos estaban los registros públicos e históricos, informes oficiales, sentencias emitidas por tribunales, memoria oral, y toponimia, entre otros.

El informe proponía que, entre las atribuciones que tendrían estas nuevas figuras, estuviera el elegir autoridades de autogobierno; diseñar un plan de desarrollo autonómico; y aprovechar, gestionar y administrar preferentemente los bienes comunes naturales.

Además, se planteaban "competencias compartidas" con otros órganos, como por ejemplo establecer tasas y contribuciones de carácter y afectación circunscrita a la ATI, crear políticas públicas en los ámbitos de sus competencias; y crear empresas públicas indígenas, previa ratificación de la Cámara Territorial.

Nada de eso logró pasar la valla de los 2/3, pero los artículos sumaron entre 70 y 80 votos en algunos casos y la comisión se vio obligada a proponer otro texto. Así, esta semana Forma de Estado votará nuevamente la propuesta de ATI que llegará al pleno, y redujeron de seis artículos a solo tres.

Los cambios en la propuesta


"La primera propuesta era bastante extensa: se contemplaba su concepto, sus competencias y atribuciones y su forma de constitución a través de un órgano administrativo, todo consagrado constitucionalmente. Todas estas normas fueron rechazadas, por tanto en la comisión se trabajó bastante para poder acotar estas autonomías", explica a Emol uno de los coordinadores de la comisión, Claudio Gómez (Col. Socialista).

Así, según explica Gómez, "la propuesta que se trabajó en la comisión, que deberá ser votada la próxima semana, contempla el concepto de las ATI, y queda tanto su forma de constitución como sus atribuciones determinadas a la ley".

La redacción que aprobará o rechazará la comisión dice que las ATI son "entidades territoriales dotadas de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía, en coordinación con las demás entidades territoriales que integran el Estado Regional de conformidad a la Constitución y la ley".

Además, que el Estado tiene el deber de "reconocer, promover y garantizar las Autonomías Territoriales Indígenas, para el cumplimiento de sus propios fines". El régimen jurídico de estas "tendrá como base las normas y principios de esta Constitución, así como los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos sobre derechos de los pueblos indígenas de los que Chile es parte".

La novedad con respecto a la propuesta anterior es que la forma de constitución de las ATI se deriva a la ley, la que deberá crear un "procedimiento oportuno, eficiente y transparente" para esto, mediante un proceso de participación y consulta previa.

"Dicho procedimiento deberá iniciarse a requerimiento de los pueblos y naciones indígenas interesados, a través de sus autoridades representativas. La ley deberá determinar el mecanismo de delimitación territorial de ésta, atendiendo criterios geográficos, culturales e históricos de los pueblos y naciones indígenas", se lee en el texto.

Finalmente, las competencias que tendrán y las que compartirán con otras entidades también quedan en manos del legislador, pero se establece que "las Autonomías Territoriales Indígenas deberán tener las competencias y el financiamiento necesario para el adecuado ejercicio del derecho de libre determinación de los pueblos y naciones indígenas".

Estas indicaciones fueron firmadas por los convencionales del FA, INN, Colectivo Socialista, escaños reservados, Chile Digno, Coordinadora Plurinacional, Pueblo Constituyente y MSC, y de acuerdo con el coordinador Claudio Gómez, "en la medida en que se logre consensuar y socializar con otros convencionales de otros colectivos, esperamos que luego de ser aprobada en particular en la comisión, pueda ser aprobada en el pleno de la Convención".

Las conversaciones para aquello han sido complejas, pues algunos de los escaños reservados insisten en que es necesario dejar una regulación sólida en el texto constitucional para evitar un "conflicto a futuro", pero parte de los convencionales de centroizquierda reconocen que no hay acuerdo para aquello y que, por lo tanto, es más sencillo dejarlo en manos del legislador.
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