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CC devuelve a comisión "derecho al trabajo" que restringía contratos a honorarios en borrador de nueva Constitución

En cambio, se aprobó una norma que establece que "los trabajadores y trabajadoras, a través de sus organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa".

19 de Abril de 2022 | 20:11 | Por Cecilia Román, Emol.
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La Comisión de Derechos Fundamentales deberá preparar una nueva propuesta sobre el trabajo.

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No habrá por ahora artículo sobre el "derecho al trabajo" en el borrador de nueva Constitución, dado que la Convención Constitucional rechazó casi por completo la norma que propuso la Comisión de Derechos Fundamentales, incluyendo el inciso que establecía las restricciones a la subcontratación y la prohibición del contrato a honorarios en los casos que "ocultan" relaciones laborales permanentes.

Lo único que se visó de la norma fue un inciso que dice que "se prohíbe cualquier discriminación entre trabajadoras y trabajadores que no se base en las competencias laborales o idoneidad personal, así´ como el despido arbitrario", que recibió 105 votos a favor, 3 en contra y 41 abstenciones.

El resto del artículo logró solo 84 votos a favor, 25 en contra y 43 abstenciones. Este planteaba primero que "toda persona tiene derecho al trabajo. El Estado garantiza la protección del trabajo decente. Este comprende, entre otros, el derecho a la libre elección del trabajo en condiciones equitativas, sujeto a reglas de seguridad e higiene en el empleo, el derecho al descanso, al tiempo libre, su desconexión digital, la garantía de indemnidad".

Además, establecía que "los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a una remuneración equitativa que le asegure su sustento y el de su familia", abordaba la "corresponsabilidad social de los cuidados" y la obligación de instalar y mantener salas cunas.

Asimismo, uno de los incisos de la norma que más dudas generaba es uno que consagra que "la subcontratación estará permitida únicamente para actividades ajenas al giro de la empresa. Se prohíbe toda forma de precarización laboral, tales como los contratos a honorarios que ocultan relaciones laborales o administrativas estables, o la tercerización y externalización de servicios".

Todos estos puntos deberán regresar a la Comisión de Derechos Fundamentales, que revisará la propuesta y despachará por última vez una redacción del artículo al pleno.

Lo que sí se aprobó y llegó también al borrador de nueva Constitución es una norma que dice que "los trabajadores y trabajadoras, a través de sus organizaciones sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la empresa. La ley regulará los mecanismos por medio de los cuales se ejercerá este derecho" (108-34-10).
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