Las normas sobre seguridad social llegaron al borrador de nueva Constitución esta noche, luego de que la Convención Constitucional aprobara entre otras cosas que "la Constitución garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad". Esta disposición logró 120 votos a favor, 16 en contra y 13 abstenciones.
Además, el órgano constituyente despachó a norma constitucional la existencia en la ley de un "Sistema de Seguridad Social público" que otorgará protección "en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo".
"En particular, este sistema asegurará la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados", se lee en la parte final de ese inciso, que logró 115 votos a favor, 23 en contra y 11 abstenciones.
Asimismo, por 110 votos a favor, 26 en contra y 13 abstenciones se aprobó que le corresponderá al Estado definir la política de seguridad social, pero que "esta se financiará por trabajadores y empleadores, a través de cotizaciones obligatorias, y por rentas generales de la nación. Los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema".
En cambio, volverá a comisión el inciso que establecía que "el Sistema de Seguridad Social garantizará un sistema de pensiones que establezca prestaciones definidas, oportunas y suficientes que den certeza respecto del monto recibido", que se rechazó por 70 votos a favor, 49 en contra y 31 abstenciones.
Lo mismo ocurrió con otros dos fragmentos de la norma: se devolvió a Derechos Fundamentales que "las organizaciones sindicales y de empleadores tendrán derecho a participar en la administración del sistema de seguridad social, en las formas que señale la ley" (80-48-23).
Y que "para garantizar el derecho a la seguridad social de las y los trabajadores rurales, se considerarán las condiciones específicas de su actividad." (75-40-36).
Se rechazan indicaciones sobre inexpropiabilidad de fondos
Los convencionales de Vamos por Chile reingresaron indicaciones al artículo de seguridad social que buscaban incorporar la noción de la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones y su carácter heredable, pero ninguna de las propuestas se aprobó.
"Los trabajadores son dueños de sus ahorros previsionales y podrán heredarlos a las personas establecidas en la ley, salvo manifestación de voluntad expresa en contrario" logró 46 votos a favor, 46 en contra y 43 abstenciones. Entre quienes aprobaron además de la centroderecha hubo representantes del Colectivo Socialista, de escaños reservados, de Pueblo Constituyente y del Colectivo del Apruebo. En tanto, algunos convencionales del FA e INN se abstuvieron.
También se rechazó que "el Estado no puede en caso alguno expropiar, confiscar o nacionalizar los ahorros de los trabajadores", que logró 49 votos a favor, 37 en contra y 47 abstenciones con apoyos más o menos similares, incluido el voto a favor del convencional Fernando Atria (FA) y de Adriana Ampuero de MSC.
La discusión sobre qué opción tomar ante estas indicaciones se tomó varias conversaciones de pasillo y reuniones de colectivos de centroizquierda durante la tarde, pero no hubo acuerdo transversal para visar las propuestas. No obstante, según transmiten al menos desde el FA, Colectivo Socialista y PC, hay apertura para evaluar una forma de normar la inexpropiabilidad de los fondos, posiblemente en los artículos transitorios del borrador de nueva Constitución.