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Defensoría Penal Pública y Defensoría del Pueblo llegan a borrador de Constitución tras pasar los 2/3 en pleno de la CC

Artículos clave sobre ambos organismos -que serán autónomos- fueron aprobados esta jornada por más de 103 votos.

03 de Mayo de 2022 | 19:23 | Por Cecilia Román, Emol.
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El órgano constituyente votará hasta la medianoche de este martes y continuará el miércoles con lo que reste del informe de Sistemas de Justicia.

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La Convención Constitucional elevó a rango constitucional la Defensoría Penal Pública, luego de la aprobación de un artículo clave durante esta jornada, por 131 votos a favor, 1 en contra y 19 abstenciones.

El único punto que logró avanzar al borrador de Constitución sobre este organismo es el que define que es autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, y su función es "proporcionar defensa penal a los imputados por hechos que pudiesen ser constitutivos de delito, que deban ser conocidos por los tribunales con competencia en lo penal, desde la primera actuación de la investigación dirigida en su contra y hasta la completa ejecución de la pena que le haya sido impuesta, y que carezcan de defensa letrada".

La ley deberá determinar su organización y atribuciones, "debiendo garantizarse su independencia externa".

En tanto, la norma sobre la función de los defensores penales volverá a la comisión para su revisión (100 a favor, 38 en contra y 13 abstenciones).

También, como sucedió con la norma del Ministerio Público, se rechazó que la dirección de esta defensoría esté radicada en un Consejo Superior, órgano colegiado y paritario (91-51-9); y la composición de este organismo (83-45-16).

Asimismo, Sistemas de Justicia deberá volver a revisar la norma de las atribuciones de este consejo (88-49-10) y el artículo sobre el rol del Defensor Nacional (92-49-7).

Defensoría del Pueblo

Esta jornada también se aprobó la existencia de la "Defensoría del Pueblo", que cumpliría un rol similar al del INDH y tendrá como objetivo la "promoción y protección de los derechos humanos asegurados en la Constitución, en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile, así como los emanados de los principios generales del derecho y de las normas imperativas reconocidas por el derecho internacional".

Esto "ante los actos u omisiones de los órganos de la administración del Estado y de entidades privadas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública, en la forma que establezca la ley".

El artículo se aprobó con 129 votos a favor, 5 en contra y 18 abstenciones, y al pasar los 2/3 requeridos, llegará al borrador de nueva Constitución.

Entre las atribuciones que tendrá está el fiscalizar a los órganos del Estado en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos, tramitar reclamos sobre vulneraciones de derechos humanos, y deducir acciones y recursos cuando se identifiquen patrones de violación de derechos humanos.

Otro organismo que llegó al proyecto de Carta Magna es la Defensoría de los Derechos de la Niñez (103-3-41), que deberá encargarse de "la difusión, promoción y protección de los derechos de que son titulares los niños". Esto en conformidad a la Constitución, a la Convención sobre los Derechos del Niño y a los demás tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.