La Convención Constitucional envió al borrador de Carta Magna el artículo completo sobre la regulación de las policías, que ya no serán militarizadas, de acuerdo a lo aprobado esta jornada.
"Las policías dependen del ministerio a cargo de la seguridad pública y son instituciones policiales, no militares, de carácter centralizado, con competencia en todo el territorio de Chile, y están destinadas para garantizar la seguridad pública, dar eficacia al derecho y resguardar los derechos fundamentales, en el marco de sus competencias", dice lo que se aprobó esta tarde (109-33-11).
Sin embargo, se rechazó el inciso que decía que las policías estaban constituidas únicamente por Carabineros de Chile y la PDI (95-41-14).
En este borrador de Constitución se plantearán varios principios sobre esta institución: deberá incorporar la perspectiva de género en el desempeño de sus funciones y promover la paridad en espacios de toma de decisión; y deberá actuar respetando los principios de necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, con pleno respeto al derecho internacional y los derechos fundamentales garantizados (114-29-9).
Según la definición visada, las policías "son instituciones profesionales, jerarquizadas, disciplinadas, obedientes y no deliberantes" y estarán sujetas a controles en materia de probidad y transparencia, además de que sus integrantes no podrán pertenecer a partidos políticos, organizaciones políticas, gremiales o sindicales, ejercer el derecho a huelga, ni postularse a cargos de elección popular.
Finalmente, establece que "el ingreso y la formación en las policías será gratuito y no discriminatorio, del modo que establezca la ley. La educación y formación policial se funda en el respeto irrestricto a los Derechos Humanos", cierra el artículo aprobado (124 votos a favor, 20 en contra y 6 abstenciones).
"Se aprobó hoy en la Convención quitarle el carácter militar a Carabineros de Chile y eso lo que va a generar es un debilitamiento de la institución con mayor presencia en las calles de nuestro país combatiendo la delincuencia. Es un serio error", criticó al respecto Ruggero Cozzi (RN).
"Hemos mantenido desde la dictadura una intensa formación y relación militar de las policías. Lo que queremos dejar claro acá es que la función militar es distinta a la función policial. Tiene que ver con el nuevo foco que debe tener la policía: focos que tienen los resultados del informe que presentó el Presidente Piñera con especialistas y el que preparó el Senado, y en esa línea hay cambios estructurales que se tienen que hacer", contestó el coordinador Ricardo Montero (Col. Socialista).
Tratados internacionales y estado de excepción
En cuanto a los tratados internacionales, se visó un artículo que deriva al Presidente la atribución de "negociar, concluir, firmar y ratificar los tratados internacionales" (115-13-23). Además, en los casos en que los tratados internacionales se refieran a materias de ley, deberán ser aprobados por el Poder Legislativo.
Sobre los estados de excepción constitucional,
se aprobó la existencia del estado de asamblea, en caso de conflicto armado internacional; y estado de sitio, en caso de conflicto armado interno, ambos declarados por el Presidente con la autorización del Poder Legislativo (109-21-22). Estos se suman al estado de catástrofe, en caso de calamidad pública, que ya está en el borrador de Constitución.
¿Qué permitirán los estados de excepción constitucional al Presidente? "El ejercicio de potestades y competencias que ordinariamente estarían reservadas al nivel regional o comunal cuando el restablecimiento de la normalidad así lo requiera" (120-19-8).
Finalmente, se visó la existencia de una Comisión de Fiscalización (109-36-5), dependiente del Congreso de Diputadas y Diputados, de composición paritaria y plurinacional, e integrada por diputados, representantes regionales y representantes de la Defensoría de los Pueblos, que tendrá que "fiscalizar las medidas adoptadas bajo el estado de excepción, para lo cual emitirá informes periódicos que contengan un análisis de ellas, su proporcionalidad y la observancia de los derechos humanos".
Si esta instancia tomara conocimiento de "vulneraciones a lo dispuesto en la Constitución o la ley", deberá efectuar las "denuncias pertinentes".
Desde Vamos por Chile también criticaron la decisión del pleno, e incluso el convencional Luis Mayol (RN) alegó que "es un día muy triste para la región de La Araucanía. Una vez que se apruebe la Constitución, si eso ocurre, no se va a poder aplicar más el estado de emergencia, como tampoco el estado de catástrofe cuando ocurre un terremoto o algún hecho de la naturaleza, que actúan las fuerzas armadas cuando se asaltan los supermercados, ese tipo de cosas. Sin estado de emergencia será muy difícil controlar el terrorismo y la delincuencia".
"Son estados que hemos heredado desde hace bastante tiempo, hoy hemos reactualizado el control civil y hemos evaluado cuáles son las circunstancias que ameritan un estado de excepción constitucional. La norma tiene que ser la normalidad constitucional y no podemos acostumbrarnos a que todo es excepción constitucional. La invitación que hacemos desde la comisión es repensar estos estados, aumentar el control civil y usarlo solo como último recurso", respondió Montero.