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Convención: Derechos a la salud y educación pública "no sexista" avanzan al borrador de nueva Constitución

El Pleno aprobó además que el sistema educativo deberá ser financiado por el Estado "permanente, directa, pertinente y suficiente, a través de aportes basales, a fin de cumplir plena y equitativamente con los fines y principios de la educación".

11 de Mayo de 2022 | 22:47 | Redactado por Ignacio Guerra, Emol
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Dos derechos considerados como clave en el debate constitucional avanzaron este miércoles al borrador de nueva Carta Magna, en el marco de la discusión de las normas propuestas por la comisión de Derechos Fundamentales.

Se trata de la salud y la educación, que esta jornada sumaron nuevas normas que los consagran y que detallan algunas de las atribuciones y facultades que tendrán en la eventual nueva Constitución.


Sobre la salud, en primer lugar se aprobó que "el Sistema Nacional de Salud podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. La ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse al Sistema Nacional de Salud".

También se visó que "es deber del Estado velar por el fortalecimiento y desarrollo de las instituciones públicas de salud".

Respecto a los pueblos y naciones indígenas, se aprobó que éstos "tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales, a mantener sus prácticas de salud y a conservar los componentes naturales que las sustentan. El Sistema Nacional de Salud reconoce, protege e integra estas prácticas y conocimientos como también a quienes las imparten, en conformidad a esta Constitución y la ley".

Educación publica, gratuita y no sexista


Junto con esto, el pleno de la Convención apoyó el artículo 16 que consagra que "todas las personas tienen derecho a la educación. La educación es un deber primordial e ineludible del Estado".

Asimismo, que "la educación es un proceso de formación y aprendizaje permanente a lo largo de la vida, indispensable para el ejercicio de los demás derechos y para la actividad científica, tecnológica, económica y cultural del país. Sus fines son la construcción del bien común, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y de la naturaleza, la conciencia ecológica, la convivencia democrática entre los pueblos, la prevención de la violencia y discriminación, así como, la adquisición de conocimientos, el pensamiento crítico y el desarrollo integral de las personas, considerando su dimensión cognitiva, física, social y emocional".

"La educación se regirá´ por los principios de cooperación, no discriminación, inclusión, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de género, pluralismo y los demás principios consagrados en esta Constitución. Tendrá un carácter no sexista y se desarrollará de forma contextualizada, considerando la pertinencia territorial, cultural y lingüística", indica la norma aprobada.


Y concluye: "La educación deberá orientarse hacia la calidad, entendida como el cumplimiento de los fines y principios establecidos de la educación. La ley establecerá la forma en que estos fines y principios deberán materializarse, en condiciones de equidad en las instituciones educativas y los procesos de enseñanza".

Por otro lado, se respaldó el artículo 17, que indica que "la educación será de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media"; y que señala que "el Sistema Nacional de Educación estará integrado por los establecimientos e instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado. Se articulará bajo el principio de colaboración y tendrá como centro la experiencia de aprendizaje de los estudiantes. El Estado ejercerá labores de coordinación, regulación, mejoramiento y supervigilancia del Sistema. La ley establecerá los requisitos para el reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales".

La norma además expresa que "las instituciones que lo conforman estarán sujetas al régimen común que fije la ley, serán de carácter democrático, no podrán discriminar en su acceso, se regirán por los fines y principios de este derecho, y tendrán prohibida toda forma de lucro".
"Este Sistema promoverá la diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos que conviven en el país. El Estado deberá brindar oportunidades y apoyos adicionales a quienes están en situación de discapacidad y en riesgo de exclusión", agrega el texto.

Añade que "el Estado deberá articular, gestionar y financiar un Sistema de Educación Pública, de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas. La educación pública constituye el eje estratégico del Sistema Nacional de Educación; su ampliación y fortalecimiento es un deber primordial del Estado".

En cuanto al financiamiento de la educación, se aprobó que "el Estado deberá financiar este Sistema de forma permanente, directa, pertinente y suficiente, a través de aportes basales, a fin de cumplir plena y equitativamente con los fines y principios de la educación".
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