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Regulación de independientes queda fuera de Constitución tras nuevo rechazo en el pleno de la CC

Los artículos que buscaban garantizar la "plena igualdad" entre no militantes y militantes no pasaron los 2/3 y ya no podrían reponerse más en el proceso.

13 de Mayo de 2022 | 17:22 | Por Cecilia Román, Emol.R
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Las normas fueron criticadas como "anti reglamentarias" por incluirse en una comisión a la que no le correspondía, entre otros argumentos.

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La Convención Constitucional rechazó nuevamente la regulación de la plena igualdad entre independientes y miembros de organizaciones políticas, en el marco de la votación del último informe de la Comisión de Sistemas de Justicia. En las votaciones no hubo apoyo por parte del Colectivo del Apruebo, Colectivo Socialista ni de parte de los escaños reservados, del PC e INN.

En concreto, la norma desechada esta jornada establecía que el derecho de todas las personas a participar en organizaciones políticas y a postular a cargos de elección popular a través de ellas o como independientes.

"Se garantizará la plena igualdad a independientes y miembros de organizaciones políticas tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los procesos electorales, en la forma que establezca la ley", decía el texto que se rechazó dos veces en dos artículos distintos, y logró 81 votos a favor, 21 en contra y 11 abstenciones.

Asimismo se rechazó la regulación de las organizaciones políticas como personas jurídicas de derecho público, de carácter voluntario, que se concurren a la formación de la voluntad popular y que deben presentar un programa político que oriente su actividad (74-19-18);
y el inciso que establecía que las organizaciones políticas pueden constituirse a nivel nacional o regional, en la forma que establezca la ley (81-19-12).

Lo mismo ocurrió con el artículo que buscaba regular la fecha de la elección de diputados, que tampoco logró los votos para avanzar al borrador de Constitución.

La definición se dio en el contexto de la votación del artículo que regula el Servicio Electoral, a pesar de que, según criticaron desde diversos sectores, no correspondía que estuviera allí porque era materia de la Comisión de Sistema Político y, además, ya había sido rechazado en un pleno la semana pasada.

Por esa razón, los convencionales de Vamos por Chile anunciaron que no votarían esos incisos, argumentando que las normas contenidas eran "anti reglamentarias".

Normativa sobre el Servel

Sobre el Servicio Electoral, en concreto, se aprobó (106-19-17) y llegó al borrador de Constitución que es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que "ejercerá la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios, del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, de las normas sobre organizaciones políticas, de las normas relativas a mecanismos de democracia directa y participación ciudadana".

El Servel tendrá que promover la información, educación y participación ciudadana y/o electoral en relación a procesos de democracia participativa y sus mecanismos, en colaboración con otros organismos del Estado y la sociedad civil, y velar por su implementación.

Sobre la dirección del Servel, se aprobó que corresponderá a un Consejo Directivo, que ejercerá de forma exclusiva las atribuciones que le encomienden la Constitución y las leyes.

Este Consejo estará integrado por cinco consejeros designados por el Presidente, con acuerdo de la mayoría de los integrantes del Congreso y de la Cámara, en sesión conjunta. Los consejeros durarán ocho años en sus cargos, no podrán ser reelegidos y se renovarán por parcialidades cada cuatro años.

Finalmente, estos podrán ser removidos por la Corte Suprema a requerimiento de la o el Presidente de la República, de la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio del Congreso o de la Cámara, por infracción grave a la Constitución o a las leyes, incapacidad legal sobreviniente, mal comportamiento o negligencia manifiesta.
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