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Comisión Territorial Indígena: la instancia que aprobó la CC y que el Presidente Boric deberá convocar si gana el Apruebo

El pleno del órgano constituyente envió al borrador de Carta Magna una disposición que mandata al Ejecutivo a crear un órgano que aborde la demarcación y restitución de tierras.

16 de Junio de 2022 | 17:16 | Por Cecilia Román, Emol.
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Los convencionales de escaños reservados celebraron la aprobación de la norma que impulsaron en la CC.

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Los escaños reservados de pueblos originarios alcanzaron otra de sus metas en la Convención Constitucional durante la noche de este martes, cuando se aprobó la norma transitoria que mandata a la creación de una "Comisión Territorial Indígena" en un año desde entrada en vigencia la Carta Magna, si esta se aprueba en septiembre.

Esta instancia tendrá un rol clave en la pregunta que surgió a partir de la aprobación del derecho a las tierras y territorios indígenas en el borrador: cuáles y cuántas son las tierras que están en disputa.

El artículo logró 107 votos a favor, 9 en contra y 5 abstenciones. Quienes no entregaron su voto afirmativo fueron convencionales del Colectivo del Apruebo, de RN y algunos de Independientes No Neutrales. El resto de los constituyentes de Vamos por Chile no votó.

Lo que dice el artículo es que en esos doce meses, el Presidente -por los plazos debería ser Gabriel Boric- convocará a una comisión que "determinará catastros, elaborará planes, políticas, programas y presentará propuestas de acuerdos entre el Estado y los pueblos y naciones indígenas para la regularización, titulación, demarcación, reparación y restitución de tierras indígenas".

Los avances de esta instancia "serán remitidos periódicamente a los órganos competentes para su progresiva implementación", y tendrá cuatro años para funcionar, con posibilidad de prorrogar por otros dos.

La integración del órgano también está delineada, aunque de forma general: la norma dice que tendrá que estar compuesta por representantes de todos los pueblos y naciones indígenas, "determinados por sus organizaciones representativas, a través de un proceso de participación indígena convocado de conformidad con el artículo 7 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo".

Además, contará con la participación de "representantes del Estado y por personas de reconocida idoneidad, quienes serán nombradas por el Presidente de la República".

El Estado tendrá que garantizar su debido financiamiento, infraestructura, acceso a la información necesaria, asistencia técnica, administrativa y, además, "podrá convocar a organismos internacionales para desempeñarse como observadores garantes del proceso".

Esta norma sería la forma de concretar el artículo permanente que está en el borrador y que dice que "el Estado reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos", y reconoce la restitución como mecanismo preferente de reparación.

Los escaños reservados impulsaron ambas normas de forma conjunta desde su origen en la Comisión de Derechos Fundamentales porque desconfiaban de que el Ejecutivo y el Congreso se hicieran cargo efectivamente de aquel derecho a corto plazo, sin la existencia de un órgano como la comisión.

"Esta comisión para nosotros tiene una importancia capital, porque por fin podemos, a través de este proceso, darle una ruta de solución a un problema que aqueja al Wallmapu y a todos los territorios indígenas, en tanto a demarcación, titulación y restitución", celebró Adolfo Millabur (pueblo mapuche).

Además, remarcó "que no van a ser los indígenas quienes resuelvan unilateralmente, sino que tiene que ser una comisión transversal, y le da curso a una solución institucional de la que el Estado nunca se ha querido hacer cargo. Esta comisión debería darle una ruta, un camino razonable".

La evolución de la norma


Para Luis Mayol (RN), convencional y ex intendente de La Araucanía, la norma tendría dos problemas: no deja suficientemente clara su integración, y aborda más que la aplicación de la solución al conflicto territorial, porque también debe "delimitar" los territorios en cuestión.

"Preferiría una comisión cuyo único objetivo sea solucionar el problema de tierras basado en la Ley Indígena del año 1993, que son los desmedros que existen y hay que acreditarlos, tienen que tener aplicabilidad, y la compensación se puede determinar en forma acotada, con tierras, con otro tipo de bienes, pagos, pero eso tiene que ser solo para ese objetivo. Porque esta otra tiene otros objetivos: son delimitaciones territoriales", critica Mayol.

No obstante, la norma es una versión mucho más moderada de la que existía originalmente. Durante la negociación, los escaños debieron morigerar la redacción para sumar votos de la centroizquierda. Primero durante la discusión en Derechos Fundamentales, y luego en la Comisión de Normas Transitorias, donde se consensuó la fórmula de la "Comisión Territorial Indígena".

En la norma original votada en febrero, los escaños proponían la creación de una "Comisión Plurinacional de Catastro, Demarcación y Titulación Territorial Indígena" y de un "Tribunal Especial de Tierras, Territorios y Aguas Ancestrales", que tenía facultades expropiatorias.

La Comisión Plurinacional de Catastro tenía un objetivo similar al de la Comisión Territorial Indígena, pero entre las diferencias más notables estaba que recibiría las "demandas territoriales" de los pueblos indígenas y sobre esa base confeccionaría un catastro y revisión del estado de tierras y recursos reclamados por los pueblos.

Además, estaría integrada de representantes de pueblos originarios y otros elegidos por el Presidente a partir de ternas, que también serían seleccionadas por los pueblos originarios. En tanto, el tribunal directamente no prosperó.
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