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Corte ratifica fallo y deja en libertad a marinos imputados por muerte de comunero en 2021

El tribunal de alzada desestimó los recursos del Ministerio Público y querellantes, que buscaban reponer el arresto domiciliario para los dos funcionarios formalizados por el crimen de Yordan Llempi.

01 de Julio de 2022 | 10:33 | Aton/ Editado por Carolina González, Emol.
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Corte de Apelaciones de Concepción.

Poder Judicial.
La Corte de Apelaciones de Concepción ratificó este viernes la resolución que dejó sin la medida cautelar de arresto domiciliario para el teniente segundo Luis Videla y del cabo primero Ricardo Seguel San Martín, funcionarios de la Armada formalizados por el asesinato del comunero mapuche Yordan Llempi.

En detalle, el tribunal de alzada desestimó los recursos de apelación presentados por el Ministerio Público y querellantes en contra de la resolución previamente emitida por el Juzgado de Garantía de Cañete, el pasado lunes 6 de junio, mediante la cual ambos funcionarios de la Armada quedaron con arresto domiciliario durante el periodo establecido para desarrollar la investigación.

En ese entonces, el juez Cristian Rosenberg rechazó la máxima cautelar de prisión preventiva solicitada tanto por el fiscal Nelson Vigueras como por los querellantes: el abogado Nelson Miranda y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Además, el magistrado determinó cuatro meses como plazo de la investigación.

De acuerdo a los antecedentes del caso, Llempi Machacán recibió un impacto de bala mientras estaba en su domicilio en el sector de San Miguel, en la comuna de Cañete. El hecho ocurrió el 3 de noviembre de 2021, en el marco de un enfrentamiento entre manifestantes y la Armada por el estado de excepción de emergencia que regía en la zona.

Durante la formalización, el Ministerio Público sindicó a Luis Videla como presunto inductor del homicidio y a Ricardo Seguel como autor material del crimen. En tanto, la defensa alegó que los uniformados siguieron los protocolos del Reglamento de Uso de la Fuerza en su actuar, indicando que estaban siendo atacados por encapuchados.

Si bien los acusados habían quedado con arresto domiciliario en primera instancia, fueron liberados después de que la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones acogiese un recurso de amparo a su favor, cuyo fallo fue dado a conocer el pasado 23 de junio. De esa forma, ahora el tribunal de alzada ratificó la resolución.
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