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Infraestructura crítica: Los alcances de la reforma a la actual Constitución aprobado en el Congreso

Luego de una intrincada tramitación, la iniciativa fue despachada a ley. Al ser una reforma constitucional, su vigencia terminaría en caso de ganar el Apruebo, pues no está incorporada en la nueva propuesta.

12 de Julio de 2022 | 17:30 | Por Sofía Dib, Emol.
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El ministro Segpres, Giorgio Jackson, en la tramitación del proyecto de infraestructura crítica, hablando con los diputados Alexis Sepúlveda (PR), Gonzalo Winter (CS) y la diputada Gael Yeomans (CS).

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La sala de la Cámara aprobó ayer por 97 votos a favor -solo dos de Apruebo Dignidad-, 17 en contra y 28 abstenciones el informe de la Comisión Mixta sobre el polémico proyecto de reforma constitucional de infraestructura crítica, pero ¿Cuáles son los alcances de lo que acaba de despachar el Congreso Nacional?

"Disponer, mediante decreto supremo fundado, suscrito por los ministros del Interior y Seguridad Pública, y de Defensa Nacional, que las Fuerzas Armadas se hagan cargo de la protección de la infraestructura crítica del país cuando exista peligro grave o inminente a su respecto", comienza mencionando la reforma que se agregará al artículo 32 de la Constitución Política.

Días antes, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, dijo a El Mercurio que "el Estado va a tener una herramienta distinta a lo que conocemos como estado de excepción: el proyecto de infraestructura crítica".

Efectivamente, el estado de excepción no está hoy consagrando en la nueva propuesta constitucional, pero aunque esta nueva herramienta ya quedó despachada a ley, tampoco será una opción en la Constitución si es que ganara el Apruebo el 4 de septiembre, pues no está contemplada en el texto que fue entregado al Presidente Gabriel Boric. Se trata de una reforma constitucional que rige sólo para la actual Carta Magna.

Detalle y tramitación de la reforma


Inicialmente este proyecto fue ingresado el 26 de noviembre de 2019 en el marco del estallido social por los senadores independientes del comité RN, Carmen Gloria Aravena y Kenneth Pugh, apoyado con urgencias por el gobierno de Sebastián Piñera.

En ese contexto fue aprobado por la sala del Senado, pero luego, en 2020 fue rechazado por la Cámara con votos en contra del ahora Presidente, Gabriel Boric, el actual ministro de la Segpres, Giorgio Jackson y la ministra Vocera, Camila Vallejo, quienes en ese momentos eran diputados. Debido a eso, se creó una Comisión Mixta, instancia en donde cinco diputados y cinco senadores resolvieron las divergencias entre ambos.

Las modificaciones hechas por la mixta dicen relación con el respeto a los derechos humanos, ahondar en lo que son infraestructuras críticas y modificación de los plazos.

Si bien en un primer momento la iniciativa sí especificaba que las Fuerzas Armadas no estarían abdicadas a roles para enfrentar el control del orden público, finalmente se decidió sumarle especificaciones, quedando redactada de la siguiente manera: "En ningún caso el ejercicio de esta atribución podrá implicar la suspensión, restricción, limitación o afectación de los derechos y garantías consagrados en la Constitución o en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Las Fuerzas Armadas tampoco podrán asumir funciones relacionadas con el control o restablecimiento del orden público".

Serán consideradas infraestructura crítica "el conjunto de instalaciones, sistemas o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medioambiente o a la seguridad del país", señala el texto.

Agregando: "Se entiende incorporada en este concepto la infraestructura indispensable para la generación, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población, tales como energía, agua o telecomunicaciones; la relativa a la conexión vial, aérea, terrestre, marítima, portuaria o ferroviaria, y la correspondiente a servicios de utilidad pública, como los sistemas de asistencia sanitaria o de salud".

Además, si en un inicio la herramienta duraba 30 días prorrogables por el Congreso, ahora "Esta medida no podrá extenderse por más de 60 días, sin perjuicio de que pueda prorrogarse por igual período, con acuerdo del Congreso Nacional".

Finalmente, la reforma constitucional plantea que el Presidente de la República, quien tendrá la facultad para disponer de las FF.AA. para esta labor -suscrito por el ministro de Interior y de Defensa-, "deberá informar al Congreso Nacional de las medidas adoptadas en virtud de esta atribución, así como de los efectos o consecuencias de su ejecución, una vez concluido su ejercicio y dentro del plazo de cinco días".

A través de un reglamento, como dijo el ministro de la Segprés, Giorgio Jackson, se verá la forma de aplicarlo. "Es verdad que hay materias que tienen que verse, como la cadena de mando, relacionado a también la forma en que se tiene que informar al Congreso", zanjó.
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