"Tengo dudas sobre el punto 10", dijo el lunes 2 de diciembre de 2019 la cientista política Claudia Heiss ante la comisión técnica que se instaló para concretar el mandato del Acuerdo por la Paz y la nueva Constitución, el cual había sido firmado dos semanas antes por una decena de partidos para dar una salida institucional al estallido social.
En su intervención, la representante de Revolución Democrática en esa instancia, dio cuenta de una preocupación que se ha hecho patente en estos días: "Me pregunto si la no ratificación de la nueva Constitución, invalida el Plebiscito de entrada que había dado el mandato de hacer una nueva Constitución", consultó.
"No habría que buscar otra salida que fuera ya sea un nuevo intento de hacer la Constitución o una nueva llamada a Plebiscito", agregó, abriendo un debate en el que la mayoría de los oradores coincidió en al menos un punto: Que en caso de ocurrir lo planteado por Heiss,
es necesario construir un nuevo acuerdo político.
La primera en responder fue la cientista política y abogada enviada por la DC, Cristina Escudero, quien recordó que “como estamos trabajando, esto corresponde a este procedimiento y a este acuerdo político y si fracasa todo el proceso tiene que haber un nuevo acuerdo político. Esa es mi opinión”.
Asimismo, recordó que si bien tras los cambios al Capítulo XV de la actual Constitución que estaban elaborando en ese minuto y que fueron aprobados posteriormente por el Congreso quedarían normas que podrían permitir el inicio de un nuevo proceso constituyente, muchas de ellas no podrían ser aplicables porque "tienen fecha cierta".
"De todas maneras para un proceso constituyente, como nos enseña la experiencia comparada, es un acuerdo político que tiene que existir en su momento para gatillarlo. Van a estar las normas ahí, pero hay muchas que no se van a poder (…) por lo tanto, necesitamos un nuevo acuerdo", expresó.
Ante ello, Heiss insistió: "Pero no sé si corresponde decir que si fracasa el Plebiscito de salida rige la Constitución del ’80, esa es mi duda". En respuesta, Escudero recordó "lo dice el acuerdo. En el fondo, no rige la Constitución del ’80 como default a otras normas si hay nueva Constitución,
pero si no hay nueva Constitución, rige la del ‘80".
El punto fue reforzado por el abogado enviado por Evópoli, José Francisco García. "Hay tres escenarios en los cuales no se va a modificar la Constitución. Si gana el No en el Plebiscito de entrada, si vence el plazo de 12 meses en la Convención y no hay un texto y si hay un rechazo al Plebiscito ratificatorio, rige la Constitución vigente", dijo.
Lo mismo señaló el representante del PR, el abogado Emilio Oñate, quien señaló que "no entiendo lo que estás planteando, Claudia. El punto 10 dice si la cuestión planteada en el Plebiscito ratificatorio fuera rechazada, continuará vigente la presente Constitución. O sea, a mí tampoco me gustaría, pero no hay mucha alternativa".
"Mi duda es que esto desconoce el Plebiscito de entrada, de alguna manera", replicó Heiss, a lo cual Oñate especificó que "si en el Plebiscito ratificatorio no se aprueba el nuevo texto, esto va a quedar en el capítulo XV y se podrá utilizar este mecanismo posteriormente, pero si no se aprueba en el Plebiscito ratificatorio, la Constitución vigente va a perdurar, no hay otra alternativa a eso".
Debate sobre alternativas
En la sesión también intervino el constitucionalista Arturo Fermandois, quien en representación de la UDI expresó que "para haceme cargo de la inquietud de Claudia, yo creo que el camino está bastante claro. O sea, si hay una opción plebiscitaria negativa para la nueva Constitución, nosotros no somos los llamados a prever normas distintas a las obvias, no se aprueba la nueva Constitución".
"Ahora, lo que queda ahí es si un Plebiscito de entrada propuso y aprobó, supongamos con una mayoría, ni hablar si es una mayoría importante, el caminar hacia una nueva Constitución, lo que hay ahí es un acto de valor político que las autoridades del momento tendrán que recoger, traspasar y reconducir hacia nuestros mecanismos institucionales", especificó.
No obstante, el jurista advirtió que "no podemos nosotros prever aquí efectos jurídicos de una legislación de transición, creo que eso excede mucho nuestro mandato. En relación a lo que decía Emilio, claro, van a quedar normas en el Capítulo XV, lo discutimos la primera sesión, y si la naturaleza es transitoria o permanente, acordamos que
no es un sistema permanente de sustitución de las constituciones".
"Si fuera así tendríamos que rediscutir todo de nuevo. Van a quedar nomas que fueron previstas para un determinado proceso y se agotan, a mi juicio, en ese mismo proceso. Pero queda el valor político de un pronunciamiento de la ciudadanía y eso tendrá que reconducirse de la forma institucional que corresponda", subrayó.
Esa postura fue rebatida por García, quien señaló que "estoy de acuerdo con la interpretación de Emilio, y difiero con el profesor Fermandois. Estas van a ser reglas que van a tener un carácter permanente en la Constitución, por eso están reguladas en el párrafo segundo, es lo que las nuevas constituciones hoy suelen regular".
"Hay que tener muy claro que para que se reactive el párrafo 2 que nosotros estamos introduciendo, se va a requerir 2/3 que le metan mano, un acuerdo 2.0 por así decirlo. La posibilidad de que el 2023 que se pueda modificar desde la actual Constitución hacia una nueva Constitución va a quedar en el régimen permanente", recalcó.
Un matiz introdujo el abogado independiente de Chile Vamos, Sebastián Soto, quien sostuvo que "el que la ciudadanía vote Si en el primer Plebiscito de entrada lo que indica es que se inicia un procedimiento cuyo término depende del cumplimiento de una serie de reglas que son las mismas que estamos estableciendo".
"Son reglas que, si bien están en el capítulo permanente, están asociadas a fechas que son transitorias. Por lo tanto, no es que permanezca un modo de modificar la Constitución permanente, sino que asociado a un procedimiento a ciertos hitos y ciertas fechas muy claras", comentó.
En esa línea, recordó que "evidentemente en caso de tener que partir todo de nuevo será revisado para establecer un sistema permanente o no. En ese sentido, entonces, mientras no haya dos Plebiscitos que aprueben y un acuerdo en la Convención, la norma constitucional que nos rige es la vigente".