Así es el procedimiento legislativo que propuso la Convención Constitucional en el proyecto de Carta Magna
Son varios los cambios que plantearon los convencionales para la formación de leyes, entre ellos, la Cámara de las Regiones, que no conocerá de todos los proyectos; las leyes de concurrencia presidencial; y la ciudadanía, que podrá presentar iniciativas populares de creación y derogación .
Las leyes se aprueban, modifican o derogan por la mayoría de los miembros presentes de la cámara que corresponda, salvo las referidas a Poder Legislativo y Sistemas de Justicia; procesos electorales y plebiscitarios, regulación de estados de excepción, de organizaciones políticas, Contraloría, Defensoría del Pueblo, Defensoría de la Naturaleza, Servicio Electoral, Corte Constitucional y Banco Central, que se aprueban por mayoría de los integrantes en ejercicio.
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Son leyes de acuerdo regional: las reformas a la Constitución, las que regulen la organización, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas de Justicia, Poder Legislativo y órganos autónomos constitucionales: las que regulen los estados excepción constitucional; las que creen, modifiquen o supriman tributos o exenciones; las que directamente irroguen al Estado gastos cuya ejecución corresponda a las entidades territoriales; las que implementen el derecho a la salud, derecho a la educación y derecho a la vivienda; la de Presupuestos; las que aprueben los estatutos regionales; las que regulen elección, designación, competencias, atribuciones y procedimientos de órganos y autoridades de las entidades territoriales; las que establezcan o alteren la división políticoadministrativa del país; las que establezcan mecanismos de distribución fiscal y presupuestaria y otros mecanismos de compensación económica entre las entidades territoriales.
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Son leyes de concurrencia presidencial necesaria: las que irroguen directamente gastos al Estado, las relacionadas con la administración presupuestaria del Estado; las que alteren la división política o administrativa del país; las que impongan, supriman, reduzcan o condonen tributos de cualquier clase o naturaleza (...); las que contraten o autoricen a contratar empréstitos o celebrar cualquier otra clase de operaciones que puedan comprometer la responsabilidad patrimonial del Estado (...); las que regulen las capacidades de la defensa nacional, permitir la entrada de tropas extranjeras al territorio de la república y autorizar la salida de tropas nacionales fuera de él.
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Las asambleas regionales pueden presentar iniciativas a la Cámara de las Regiones. Si esta última las patrocina, pueden ser ingresadas como moción.
Fuente: Propuesta Constitución política de la República de Chile 2022, El Mercurio | Adaptación web: Daniel Suárez, Ediciones Especiales.