Esta jornada, el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Copiapó entregó la sentencia de Hugo Pastén, o también conocido como el "psicópata de Copiapó", quien fue condenado el 13 de julio de este año por su participación directa en la muerte de tres mujeres, una de ellas menor de edad, en 2019. En total, deberá cumplir tres cadenas perpetuas calificadas (40 años cada una de ellas), además de 20 años de cárcel por un incendio.
El TOP de Copiapó indicó en su cuenta oficial de Twitter que
condenó a Pastén "a dos penas de presidio perpetuo calificado por los homicidios de Sussy Montalván y Marina Cabrera, 20 años de presidio por el delito de incendio y presidio perpetuo calificado por el delito de sustracción de menor con homicidio".
El fiscal regional de Atacama, Alexis Rogat Lucero, señaló que "nos encontramos satisfechos con la condena obtenida (...) Se trata de la condena más alta obtenida por el Ministerio Público desde la existencia de la Reforma Procesal Penal en el país, a lo que debemos sumar algo importante, que es el reconocimiento de la perspectiva de género en las sentencias que están dictando a nivel nacional los tribunales de justicia".
En tanto, el fiscal jefe de Copiapó, Christian González, sostuvo que "como fiscalía nos encontramos satisfechos por este histórico fallo en que se ha condenado a Hugo Pastén. Además contentos porque se ha reconocido en estos fallos el agravante de haber actuado por ideología de género. Este fallo junto a otros que se van condenando en el país como en el caso de Martín Pradenas, va construyendo jurisprudencia para una efectiva protección de la mujer, para dar claras señales que en casos graves como este, la fiscalía y luego los tribunales van a actuar con condenas duras y efectivas. Ojalá así logremos que estos casos disminuyan y se eliminen de la sociedad".
Casos acreditados
A mediados del mes pasado se anunció el veredicto condenatorio en contra del sujeto en calidad de autor de dos delitos consumados de homicidio calificado (alevosía), incendio y sustracción de menor con homicidio. Ilícitos que fueron perpetrados entre enero y junio de 2019 en la ciudad.
De acuerdo con el acta de ese día, el tribunal dio por establecido, primero que el día 16 de enero de 2019 Pastén "atacó la víctima transgénero, Sussy Montalván. La ahorcó con un lazo tipo chaleco por su cuello hasta quitarle la vida" y "luego, el imputado incendió intencionalmente el lugar, provocando con ello un incendio en la casa con riesgo de propagación a domicilios vecinos".
En segundo lugar, que entre el 5 y 6 de febrero de 2019, "Pastén se trasladó a Marina Cabrera hasta la Cuesta Cardones (de nacionalidad boliviana) a un lugar solitario y alejado del socorro de terceros, pero que conocía bien el imputado". Ahí "la agredió violentamente, causándole la muerte por traumatismo, principalmente craneal". En relación a esto, la resolución añade que "el paradero y destino de Marina Cabrera se desconoció hasta el día 29 de junio" del mismo año.
Por último, se dio por acreditado que el 23 de junio de 2019, una joven de 16 años y de iniciales C.A abordó un taxi que conducía Pastén y "una vez a bordo del vehículo, la menor se comunica con su mamá indicándole que iba camino a casa. Al pasar los minutos, y al ver la madre que no llegaba, le mandó mensajes a su celular pero ella no contestaba, por lo que la llamó. En ese instante, la menor entre sollozos le dijo '¡ay mamita!' manifestando dolor y aflicción, cortándose la llamada y apagándose el teléfono definitivamente", señala el acta.
Agrega que el imputado "mantuvo (a la joven) privada de libertad y la agredió violentamente, principalmente en la zona facial y/o craneal, hasta hacerla sangrar abundantemente, quedando dicha sangre impregnada en el vehículo y en la chaqueta del imputado. A raíz de dicha agresión del acusado, la menor falleció, sin que hasta ahora se encuentre el cuerpo".
Cabe mencionar que Pastén fue condenado en 2005 a 24 años de prisión por el delito de robo con violación contra dos mujeres. Sin embargo, pese a no haber cumplido ni la mitad de la condena, fue liberado por el Poder Judicial por "buena conducta".