EMOLTV

Pensiones: Las diferencias entre el acuerdo oficialista y la discusión en la Convención

El documento de los partidos de gobierno dice que, si gana el Apruebo, se establecerá un modelo mixto con un componente de capitalización individual. En el órgano constituyente las indicaciones para explicitar esto último en el texto fueron rechazadas.

28 de Agosto de 2022 | 10:50 | Por Pamela Castellanos Zerega, Crónica Constitucional
imagen
Aton
Las demandas ciudadanas sobre seguridad social y el rol de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) estuvieron presentes a lo largo de todo el debate de la Convención Constitucional.

Algunas de las frases más recordadas del proceso tienen que ver con este tema, por ejemplo, cuando el exconstituyente Bernardo Fontaine (Independientes-RN-Evópoli) afirmó que "los trabajadores ya no serán dueños de sus ahorros previsionales", y Daniel Stingo (Frente Amplio) manifestó sobre el texto y la heredabilidad de los fondos, que estos “no se heredarán porque no es tu plata, es plata del sistema para pagar pensiones. Es un sistema de seguridad social, distinto a un sistema de ahorro personal de mi platita".

Con la propuesta constitucional en mano —donde quedó estipulado el derecho a la seguridad social y que será la ley quien establecerá un sistema de seguridad social público—, los partidos oficialistas incorporaron en su acuerdo político el impulsar, en caso de que gane el Apruebo, precisiones sobre la materia. En el documento señalan que "la implementación del derecho a una pensión digna será en base a un nuevo modelo mixto, donde seguirá existiendo un componente de capitalización individual, en los mismos términos que en la actualidad, cuestión que es plenamente consistente con la nueva propuesta constitucional".

Dicho acuerdo no dejó indiferente a la Coordinadora de Trabajadores No+AFP, que en una declaración afirmó que "el documento deja amarrado, en términos incluso peores que la Constitución actual, un determinado modelo que incluye la capitalización individual que no se aviene con la seguridad social, lo cual altera gravemente la propuesta de la Convención".

En la otra vereda política, el acuerdo también sorprendió a la exconvencional Constanza Hube (Unidos por Chile), "ya que la voluntad de la Convención fue sistemáticamente establecer un derecho a la seguridad social contrapuesto al hecho de que los trabajadores sean dueños de sus ahorros previsionales y, por ende, a la capitalización individual. Además, me parecería bastante curioso que se plantee un sistema mixto, ya que los convencionales de izquierda sistemáticamente votaron en contra de lo que hoy existe: un sistema mixto", dice.

Según la exconstituyente, durante la discusión en la Convención, todas las indicaciones que apuntaban al componente de capitalización individual fueron rechazadas, "la que eres dueño de tus ahorros previsionales, presente y futuro, y que puedas heredarlos, se rechazó por 85 votos en contra; el derecho a elegir libremente la entidad administradora (...) privado estatal o estatal se rechazó por 66 votos en contra, entre otras", dijo.

El tema no es menor porque, en caso de dudas de interpretación cuando el legislador regule el tema, recurrirá a la historia de la norma en la Convención. ¿Se ajusta, entonces, el acuerdo del oficialismo con lo argumentado por los convencionales durante el último año?

El artículo 45 de la propuesta constitucional proclama la seguridad social como un derecho fundamental, fundado en los principios de "universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad". Añade que el sistema deberá "dar protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo (...) y a quienes ejerzan trabajos domésticos y de cuidados".

Según Hube, que se haya establecido en la propuesta constitucional el derecho a la seguridad social con un sistema solidario y universal, establece las bases de un sistema de reparto, lo que es contrario a la capitalización individual que se menciona en el acuerdo. En su opinión, "en la redacción del inciso 3 del artículo 45 queda implícito que está descartada la capitalización individual". El inciso dice que "los recursos con que se financia la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema".

La discusión sobre la eliminación de la capitalización individual se dio al interior de la comisión de Derechos Fundamentales. En la sesión del 15 de marzo, Manuel Woldarsky y Elsa Labraña (ambos de la Coordinadora Plurinacional) expusieron una norma sobre el deber del Estado de contar con un sistema de seguridad social, donde planteaba la derogación del DL 3500, que es el que norma la capitalización individual. En la ocasión, Labraña fue consultada por Rocío Cantuarias (Chile Libre) sobre si "en el proyecto, ¿han considerado las preferencias de los afiliados sobre el sistema, en esta idea que tienen de modificar tan drásticamente el sistema de capitalización individual?". Labraña respondió: "El sistema de seguridad social no tiene que ver con un ahorro, es un aporte que hacemos los trabajadores para financiar las pensiones futuras. Lo que hay ahora en las AFP sí es un ahorro forzoso. El hacer creer a la gente que está ahorrando es una equivocación, ya que para eso están los bancos".

Más adelante, en la sesión del 7 de abril, Luis Barceló (Colectivo del Apruebo) argumentaba que "el sistema de capitalización individual no es seguridad social". Añadió que "es un sistema de ahorro (...) y las finalidades de ese ahorro, indirectamente han beneficiado a los trabajadores, pero fundamentalmente es un sistema en que el gran capital se nutre del mismo para poder llevar a cabo su financiamiento", señalaba.

Aurora Delgado (Frente Amplio) afirmó en la sesión del pleno del 19 de abril que "en el nuevo sistema de seguridad social no cabe la discusión sobre propiedad o heredabilidad, son conceptos que no pertenecen a la dimensión de la seguridad social. La capitalización individual no es seguridad social, no hablamos de lo mismo".

Modelo mixto


Ahora, el exconvencional Alfredo Moreno (Un Chile Unido) asegura que los constituyentes que impulsaron el texto, al referirse a un sistema mixto lo hacían respecto de cómo se financia el sistema —trabajador, empleador y el Estado—, "que es lo que hoy tenemos. Nunca entendieron que el sistema mixto lo da porque las pensiones tienen un factor solidario y uno de capitalización individual. Y en la fórmula propuesta en el artículo 45, todo lo que tú aportes tendría que ir a un pilar solidario", asevera.

En cambio, Jeniffer Mella (Frente Amplio) comenta respecto de la propuesta del oficialismo que "el texto contempla principios y deja abierto el modelo. Los legisladores y legisladoras van a tener que decidir el modelo que calce para el país y me parece que el modelo mixto, donde se mezclan los aportes, ha sido reconocido en el mundo como un sistema que permite asegurar el derecho con estabilidad en el tiempo".

Por su parte, Carolina Vilches (Mov. Sociales Constituyentes) dice que "la capitalización individual es una posibilidad y es parte de la discusión que se debe dar una vez aprobada la nueva Constitución. El espíritu de la norma fue dejarlo abierto a la discusión del poder legislativo, para que como sociedad alcancemos acuerdos".

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?