"Debemos avanzar hacia la definición de un
nuevo proceso paritario y con mayor representación de los partidos políticos nacionales con prisa y sin pausa, aprovechando el ánimo de acuerdo transversal que prevalece y pensando que mientras más rápido aclaremos un cronograma y mecanismos, menos incertidumbres y desconfianza generaremos en la ciudadanía y en actores económicos".
Con estas palabras, el nuevo presidente de la Democracia Cristiana (DC), Aldo Mardones, acompañó el lanzamiento de la propuesta final sobre el cronograma establecido por el partido para el nuevo proceso constituyente que enfrentará Chile, tras el holgado triunfo del Rechazo el pasado 4 del septiembre.
En su propuesta de itinerario, la DC no considera un nuevo plebiscito de entrada. Sin embargo, establece la posibilidad de generar uno en caso de ser necesario, es decir, "si no existe acuerdo político en que exista un Nuevo Proceso Constituyente (NPC) y sea necesaria por ende una consulta ciudadana" o "porque existen discrepancias acerca la composición, integración, procedimientos y plazos de un nuevo proceso constituyente".
En su cronograma se considera destinar al menos seis meses para realizar una nueva elección de 155 convencionales. "El plazo mínimo que exige el Servel para organizar una elección de convencionales es de 120 días, pero si se analiza el tiempo útil empleado en el pasado NPC estimamos se requiere, a lo menos, de 6 o 7 meses, a contar de hoy, toda vez que, se requiere suscribir un acuerdo político y aprobar una ley de reforma constitucional", subraya.
En ese contexto, se condiciona que la elección de los nuevos convencionales debe ser con voto obligatorio. En tanto, los independientes "deben ir en las listas de partidos (proponemos su integración en las listas de partidos políticos o la campaña individual de firmas)".
La elección de los convencionales debe considerar "paridad, escaños reservados pero en proporción a votación según padrón, y cupos para personas con discapacidad, como fuera en pasada elección". Además, proponen "la presentación de listas que favorezcan por un lado liderazgos con arraigo territorial pero con vocación nacional, bajo representación de partidos con presencia nacional".
De esa forma, el plazo de funcionamiento de la nueva Convención Constitucional (CC) puede ser de 6 o 12 meses. En ese sentido, en su comunicado la DC explica que "es factible y conveniente el plazo de 6 meses, siempre y cuando exista consenso en torno al texto constitucional por defecto, esto es, la Constitución que regirá en caso de que la CC no acuerde un texto constitucional dentro del plazo que se le fije o porque sea rechazado ese texto en un plebiscito de salida".
Ante ese escenario, desde el partido sugieren "este texto por defecto no sea la Constitución de 1980. Podría ser, por ejemplo, la propuesta de la ex Presidenta Bachelet. Facilita también si se adopta el Reglamento Interno de la CC fallida, pues disminuiría tiempo de discusiones, sin perjuicio de poder introducir algunos ajustes y, en especial, establecer un nuevo trámite (en la fase final de las deliberaciones y votaciones) que favorezca la negociación y suscripción por parte de las y los convencionales de un pacto constitucional de cierre".
En esa línea, para la definición de qué texto constitucional continuará rigiendo a Chile, en caso de nuevamente ser rechazada la propuesta, la DC plantea que "debe replicarse la regla de 2/3, si es que existe acuerdo (...) en relación a cuál sería el texto constitucional por defecto (que no sea la Constitución de 1980)".
Finalmente, en su propuesta de continuidad al proceso constituyente la DC apunta a que la nueva Convención vaya acompañada por una comisión de expertos. Sin embargo, sostienen que "no es necesaria la existencia de comisiones de expertos si se valida nuevamente a la Secretaría Técnica facilitada por el Congreso Nacional".
Por último, el partido ahora liderado por Aldo Mardones establece que la nueva propuesta de Constitución debe tratar remas básicos, tales como estado social, democracia paritaria, descentralización, Poder Judicial, los cuales deben ser previamente definidos por un acuerdo político.