En el marco del avance a fase de "Apertura" este sábado 1 de octubre comenzaron a regir los cambios sanitarios y la Subsecretaría del Trabajo aclaró algunos aspectos relacionados a su materia.
En primer lugar, señaló que la alerta sanitaria se extiende hasta el 31 de diciembre, lo que implica que todas las medidas que están vinculadas a ella se mantienen.
"Se prorroga el derecho a teletrabajo en el sector privado para cuidadores y aquellos que tengan una enfermedad que genere riesgos. Los empleadores tienen el deber de seguir garantizando estas modalidades de teletrabajo", precisa el texto que publicó la entidad en su cuenta oficial de Twitter.
Agrega que en caso de que eso no se cumpla, "se puede denunciar ante la Inspección del Trabajo". "El empleador que ha otorgado teletrabajo producto de la alerta sanitaria, en la actualidad no puede solicitar el retorno de los trabajadores que tienen dicho derecho", acota.
En relación al sector público, menciona que "la Contraloría ha manifestado que mientras subsista la alerta sanitaria es aplicable lo dispuesto en el artículo 206 bis del Código del Trabajo, que garantiza el teletrabajo para cuidadores de niños y niñas en edad preescolar, sin perjuicio de otras medidas que pueda disponer dicha entidad pública".
Respecto a la mascarilla, "lo que señala la ley 21. 342, es que debe haber disponibilidad de mascarillas. Los trabajadores y trabajadoras no tienen la obligación de usarla, pero el empleador tiene el deber de dejar a disposición mascarillas, lo que se suma a la entrega de otros elementos de cuidado como alcohol gel".
La indicación del Ministerio es que "a un trabajador no lo pueden obligar a usar mascarilla, sin embargo, en caso que la quiera utilizar, debe estar disponible en su lugar de trabajo. Y, en caso que las personas la quieran ocupar, el empleador no puede obligarlos a sacársela".
Ahora bien, cabe destacar que la recomendación sanitaria es que en caso de que se deba trabajar prolongadamente en ambientes de muchas personas, se utilice la mascarilla, pero no es obligatoria.
Otras sugerencias y recomendaciones
Ayer viernes 30 de septiembre la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) definió el nuevo protocolo que deberán implementar los centros de trabajo, luego del anuncio de flexibilización de las restricciones sanitarias contra el covid-19.
De acuerdo con un comunicado de la Asociación Chilena de Seguridad (Achs) "se sugiere que todos los trabajadores(as) realicen lavado de manos al ingresar a las dependencias laborales como medida de higiene básica. Para ello, se debe disponer de agua limpia y jabón líquido, dispensadores de alcohol gel o una solución de alcohol al 70%".
Respecto a los aforos, "como medida de prevención se recomienda mantener un distanciamiento de al menos un metro entre los puestos de trabajo".
El subgerente de Prevención de la Achs, Jaime Droguett, explicó que "tal como ha indicado la autoridad, la realidad sanitaria del país permite que ciertas flexibilizaciones anunciadas para la vida cotidiana también se puedan aplicar en el mundo laboral. Como asociación Chilena de Seguridad estamos colaborando en la difusión de estos contenidos para apoyar a los trabajadores y sus familias en esta nueva etapa que se avecina".