Este sábado comienza a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias. Si bien las sanciones son de carácter patrimonial,
la ministra de la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich recordó que la Ley 21.398, que creó el registro, establece
que en determinados casos el incumplimiento "puede generar una suerte de presupuesto de violencia intrafamiliar", e incluso, "de un delito, cuando es reiterado y se ha efectuado por el alimentante, por el deudor, con la finalidad de generar una violencia económica". Entre las sanciones está no dar curso a solicitudes de licencia de conducir y pasaporte; que se impida la inscripción de vehículos o inmuebles vendidos por el deudor; y también retener la devolución de impuestos, remuneraciones y honorarios, así como la de los fondos de crédito bancario de 50 UF o más.
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