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Vocera Corte Suprema explicó los seis meses de plazo para adecuación de precios de Isapres: "No es un proceso sencillo"

Ángela Vivanco afirmó, sin embargo, que el fallo del Máximo Tribunal no significa, en ningún caso, que los actores involucrados dejen de cumplir con sus deberes durante ese periodo de tiempo.

18 de Enero de 2023 | 11:57 | Por Sofía Dib, Emol
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Ángela Vivanco, vocera Corte Suprema.

Aton.
"Había Isapres que estaban con unas enormes tablas de factores que no se avenía con el fallo del Tribunal Constitucional". Con esas palabras la Ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, explicó el fallo de esta misma en relación a las prestadoras de salud.

Y es que, sumándose a la crisis que viven las aseguradoras, el Máximo Tribunal les ordenó aplicar la tabla de factores de la Superintendencia de Salud que entró en vigor el 2020 y restituir los cobros realizados en exceso, esto en un plazo de seis meses. "Había diversas interpretaciones sobre las tablas de factores, unos las tenían otros no, unos tenían el factor hijo, otros no, unos aplicaban varios planes base y otros no", indicó la portavoz.

Hay quienes han cuestionado que el periodo de tiempo entregado por la CS es mucho, entendiendo los pagos de más que han hecho los afiliados. Sin embargo, la vocera del Máximo Tribunal explicó que eso tiene que ver "con la posibilidad de que se abrieran estas mesas, estas conversaciones e intercambio entre la Superintendencia y las Isapres porque el proceso es uno que es fino, no es un proceso sencillo ni que se puede hacer en dos minutos porque implica una serie de adecuaciones", teniendo en consideración que, efectivamente, entre esos dos actores –sumado el Ministerio de Salud- están en constante diálogo para lograr una salida que no resulte en la quiebra de las aseguradoras.

Sin embargo, ha habido casos en que los afiliados deben pagar por sus tratamientos de salud primero y luego pedir un reembolso, el cual podría demorar debido a la crítica situación. Ante esto Vivanco puntualizó que el fallo "de ninguna manera puede ser leído como autorización para que ninguna institución que está involucrada en esta situación deje de cumplir con los deberes que le están impuesto".

De la misma manera, agregó que "el fallo nuestro no es en ninguna circunstancia un título para dejar de cumplir con esas funciones y esos deberes y tampoco para hacer pesar la carga de los gastos en los afiliados a tiempo ilimitado porque las personas no tienen recursos y están pagando mensualmente una institución de salud privada justamente para que esos seguros operen".

"Son seguros de salud que tienen que operar. Y no puede pasar que yo, pagando una Isapre, tenga que financiar operaciones costosas y quedar en un ínterin que no se sabe cuánto dura respecto de los reembolsos. Esa es una situación de la cual también nos preocupa y que no se asocia con nuestro fallo, sino que el fallo se asocia con los ajustes correspondientes, pero no con establecer plazos ilimitados para la devolución de los beneficios y gastos", finalizó.
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