La Ministra de la Corte Suprema, María Cristina Gajardo, aprobó la solicitud de extradición en contra del ciudadano venezolano Hernán David Landaeta Garlotti, realizado por su país.
El individuo está actualmente enfrentando un juicio por secuestro en Chile, delito que presuntamente realizó en la comuna de Pozo Almonte en la región de Tarapacá. En tanto, en el país caribeño tiene una condena por homicidio frustrado cometido en el Estado de Aragua.
En ese contexto es que el Ministerio Público, frente a la petición de Venezuela, pidió esperar hasta que termine el proceso judicial que Landaeta Garlotti enfrenta en Chile, sin embargo, Gajardo no lo acogió.
"Que, tanto el requerido como
su defensa expresaron de forma clara, espontánea y coincidente su conformidad con el procedimiento de extradición pasiva simplificado, previsto en el artículo 454 del Código Procesal Penal, allanándose voluntariamente al requerimiento de la autoridad judicial venezolana, a fin de enfrentar los cargos que se le imputan en dicho país", comienza diciendo el fallo.
Asimismo, agrega que "a su vez el inciso segundo del artículo 13° del Tratado de Extradición ya referido, contempla la posibilidad de acceder sin más trámite a la extradición, siempre y cuando el requerido manifestare libremente su conformidad con ella ante la autoridad competente, que el delito en que se funda la solicitud autorice la extradición, y que no exista impedimento a su concesión de acuerdo con la legislación del Estado requerido, requisitos que se satisfacen íntegramente en el caso".
Actualmente el imputado se encuentra en prisión preventiva en la cárcel de Alto Hospicio, sin embargo, según detalla el fallo, su presunción de inocencia "rige plenamente" ya que aún no ha sido condenado.
"Con el mérito de la voluntad expresada por el requerido, oído el parecer de los demás intervinientes para asegurar el principio de bilateralidad de la audiencia, y teniendo presente que como se ha dicho, el requerido no registra condenas penales a la fecha en Chile y por ende le beneficia el principio de presunción de inocencia, se resolvió en ese acto, acceder sin más trámite a la solicitud de extradición y no hacer uso de la facultad discrecional que asiste a este Tribunal de diferir la entrega al Estado requirente", aclara la sentencia de la ministra Gajardo.
Con todo, la extradición será inmediata, dependiendo de los pasos normativos de la Cancillería. La Ministra Gajardo aboga para que Landaeta cumpla su pena en Venezuela primero y luego vuelva a Chile a terminar con su causa abierta.