SANTIAGO.- En el último día de votaciones, la Comisión Experta aprobó este miércoles por unanimidad las normas constitucionales de los capítulos X de "Justicia Electoral y Servicio Electoral"; el XI de "Contraloría General de la República" y el XII sobre el "Banco Central".
Durante la tarde, en tanto, el Pleno votará los últimos dos capítulos del anteproyecto de nueva Constitución. Tras esto, la próxima semana se abrirá un plazo de cinco días para que los comisionados puedan presentar enmiendas a los distintos apartados.
Justicia electoral
El capítulo X sobre "Justicia Electoral y Servicio Electoral", se aboca principalmente a describir las funciones, composición y atribuciones que tendrán tanto el Servel como el Tribunal Calificador de elecciones (Tricel).
En el caso del Servel, se señala que se trata de "un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Servicio Electoral, ejercerá la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios; del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite y control del gasto electoral; de las normas sobre los partidos políticos, y las demás funciones que señale una ley de quórum"
Además, se estipula que "un tribunal especial, que se denominará Tribunal Calificador de Elecciones, conocerá del escrutinio general y de la calificación de las elecciones de Presidente de la República, de diputados y senadores; resolverá las reclamaciones a que dieren lugar y proclamará 6 a los que resulten elegidos. Dicho Tribunal conocerá, asimismo, de los plebiscitos, y tendrá las demás atribuciones que determine la ley".
En su mayoría, los comentarios de los comisionados estuvieron enfocados al Tricel, al respecto el comisionado Gabriel Osorio (PS), preguntó: "¿Cuál es la razón técnica para el cambio de la integración del Tribunal Calificador de Elecciones? Hoy está compuesto por cuatro miembros de la excelentísima Corte Suprema, que son elegidos por sorteo, que duran 4 años y un ex presidente presidente o vicepresidente de la Cámara de Diputados y el Senado, que haya ejercido por más de 365 días. Y me pregunto cuál es la razón técnica de cambiarlo por un consejero o ex consejeros del Consejo Directivo o un ex subdirector o director, porque no veo la razón técnica".
Mientras que el comisionado Carlos Frontaura (cupo Republicanos) manifestó una "inquietud por la duración de los integrantes del Tricel, no está señalada en la norma propuesta".
Ante los reparos de Osorio, que fueron compartidos también por otros expertos, la comisionada Catalina Salem (cupo RN) explicó que "como dice la comisionada Sánchez, no hubo mayor tiempo para innovar. Además, sobre el Tricel y el Servel vamos a tener que hacer un importante trabajo de concordancia con otras atribuciones que se le entregan en las normas que fueron ya aprobadas por este pleno y redactadas por la subcomisión de Sistema Político".
"La no innovación significativa en este capítulo se debe a que ha sido modificado, a través de distintas reformas últimamente, hay varias reformas que en los últimos cinco o diez años se han hecho y por lo tanto, estamos frente a un Servicio y a tribunales que están bastante actualizados", complementó el comisionado Hernán Larraín (UDI).
Funciones de la Contraloría
Luego fue el turno de la revisión del capítulo XI sobre "Contraloría General de la República", afirmándose en el texto que "un organismo autónomo, llamado Contraloría General de la República, ejercerá el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa".
Durante el debate, el comisionado Máximo Pavez (UDI) planteó que respecto al contralor general de la República, que "a veces siendo requerido evita tomar posición, muchas veces se argumenta y dice el contralor que se va a abstener de pronunciarse respecto de una materia. Yo quisiera llamar a la reflexión de la Comisión Experta que tal como existe en la función jurisdiccional una norma que dice que requeridos los tribuales de justicia, no podrán abstenerse de conocer un asunto (...) pudiésemos reflexionar sobre que una norma similar estuviera presente en las labores del contralor".
Aunque indicó que siendo requerido, el contralor pudiese "señalar que no es competente, que es una materia que está fuera del ámbito institucional de función o derechamente decir que un acto es ilegal o no lo es".
Banco Central
Tras esto, se realizaron las intervenciones respecto a las normas del Capítulo XII sobre "Banco Central", el cual se describe en el texto como "un organismo autónomo, con patrimonio propio, de carácter técnico, denominado Banco Central, cuya composición, organización, funciones y atribuciones la determinará una ley de quórum".
Con ello, se agrega que "la dirección y administración superior del Banco estará a cargo del Consejo del Banco Central, al cual corresponderá ejercer las atribuciones y cumplir las funciones que establezcan la Constitución y la ley de quórum".
La comisionada Marcela Peredo (propuesta por ex PDG y centroderecha), consideró que "es positivo que la propuesta no contemple modificaciones eminentemente sustantivas, porque es un órgano que durante décadas ha desempeñado su labor adecuadamente gracias a su autonomía y a sus destacadas competencias técnicas".
Por su parte, el comisionada Alexis Cortés (PC) opinó que "la preocupación por la autonomía y el celo en mantener una inflación baja no nos impidan atender cómo esta combinación puede terminar afectando el empleo y el crecimiento", añadiendo que se "debe incorporar en su mandato al menos el objetivo del pleno empleo".
Finalmente, la comisionada Bettina Horst (cupo UDI) expresó que "la inflación es el impuesto más regresivo y lo más injusto que una sociedad tenga inflación para los sectores más vulnerables. Y por eso es tan importante que el objetivo del Banco Central sea precisamente la estabilidad de precios y por qué ese objetivo y no varios más, porque tiene solo esa herramienta que es la política monetaria".