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Defensa de cararabineros absueltos en primera aplicación de ley Nain-Retamal: "Va a sentar un precedente"

Cinco uniformados fueron declarados inocentes de un hecho de supuesta violencia ocurrida en el marco del estallido social.

28 de Abril de 2023 | 13:22 | Por Leonardo Vallejos, Emol
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Esta semana el Tribunal Oral en lo Penal de Talagante aplicó por primera vez desde su promulgación la ley Nain-Retamal. Fue en el caso de cinco carabineros que estaban en calidad de imputados por disparar a un sujeto en el marco del estallido social.

En votación dividida de 2 jueces a favor y uno en contra, "se absuelve a los imputados (...) de las acusaciones deducidas en su contra por el Ministerio Público y los querellantes, en cuanto les ha sindicado ser autores de los delitos de apremios ilegítimos del artículo 150 letra D del Código Penal, homicidio frustrado del artículo 391 N.º 2 del Código Penal, y falsificación de instrumento público del artículo 193 N.º 4 y 5 del mismo cuerpo legal".

Esto fue valorado por los abogados defensores de los uniformados. Miembros del Departamento Defensoría Jurídica del Personal (J.2.), de la Dirección de Justicia de Carabineros, encabezados por el Teniente Coronel (J) Rogelio Requena Berendique, y los juristas de la sección penal, señalaron sentirse muy conformes con el resultado del veredicto absolutorio que declaró inocentes a los cinco funcionarios del Gope.

"Los funcionarios actuaron en defensa propia. El fallo explica que los funcionarios pueden defenderse al ver en riesgo su vida y de terceros (...) Carabineros se encuentra autorizado para hacer uso de la fuerza cuando sea estrictamente requerida para desempeño de funciones policiales", señaló Requena.

Mientras que Alejandro Peña, quien de forma particular defiende a otro de los uniformados, sostuvo que "es un fallo que va a sentar un precedente. Primera vez que se aplica la ley Nain-Retamal y el Tribunal valoró que al ser una presunción legal la legítima defensa, es la fiscalía la que debe desvirtuar que no concurra todos sus elementos. Y la prueba que rindió fue absolutamente precaria para tales efectos".

Agregó que "quedó demostrado que la Fiscalía presentó un caso sesgado. Omitió que el conductor a fiscalizar había previamente tratado anteriormente atropellar a los funcionarios militares y ni fue consistente en su declaración".
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