José Manuel Retamal Fuentealba, en la parte inferior derecha, fue condenado por abuso sexual.
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cañete condenó hoy a José Manuel Retamal Fuentealba, concejal de la comuna de Arauco, a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de libertad vigilada intensiva, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de mayor de 14 años.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por la magistrada Lathy Pérez Quilodrán (presidente) y los magistrados Rodrigo González-Fuente Rubilar (redactor) y Marcos Pincheira Barrios– aplicó, además, a Retamal Fuentealba las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
En la parte civil, el tribunal acogió parcialmente la petición del querellante ordenando al sentenciado el pago de $5.000.000 (cinco millones de pesos) por concepto de daño moral.
Durante el juicio, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre la noche del 21 y la madrugada del 22 de agosto de 2021, en un domicilio de la comuna de Arauco, José Manuel Retamal Fuentealba se aprovechó de la incapacidad de la víctima (un joven de 22 años) quien se encontraba bajo el efecto del alcohol y de sustancias psicotrópicas, para realizar tocaciones en sus genitales y sexo oral.
El sentenciado persiguió a la víctima por el inmueble impidiendo que pidiera ayuda, produciéndose un forcejeo en que hubo una nueva agresión sexual en que Retamal Fuentealba lo tomó fuertemente de sus piernas y genitales, hasta que la víctima logró reaccionar. Luego de esto, la víctima salió de la casa.
"Finalmente a consecuencia de lo ocurrido la víctima resultó con equimosis en ambos muslos de aproximadamente 2 centímetros de diámetro, al menos tres lesiones en muslo izquierdo cara anterior y una en el derecho, lesión en cuello a nivel de cartílago cricoides de tipo escoriativa de cinco milímetros, edema en pómulos, secundario a golpes según refiere, todas lesiones de carácter leve", detalla el fallo.