El pleno de la Comisión Experta aprobó este martes las normas relativas al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) y al Servicio Electoral (Servel), así como también aquellas sobre la Contraloría General de la República.
La discusión partió con el capítulo X sobre "Justicia electoral y Servicio Electoral", de hecho, el texto señala que sobre este último que "un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Servicio Electoral, ejercerá la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios; del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite y control del gasto electoral; de las normas sobre los partidos políticos, y las demás funciones que señale una ley institucional".
"La dirección superior del Servicio Electoral corresponderá a un Consejo Directivo, el que ejercerá de forma exclusiva las atribuciones que le encomienden la Constitución y las leyes. Dicho Consejo estará integrado por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Los consejeros durarán diez años en sus cargos, no podrán ser designados para un nuevo período y se renovarán por parcialidades cada dos años", se establece.
De hecho, el comisionado Máximo Pavez (UDI) recordó que "sin querer hubo una omisión (...) en el acuerdo de las bases constitucionales al haber dejado fuera al Servicio Electoral y eso generó algún tipo de duda, de preocupación, pero al final todos hemos entendido que fue un olvido completamente involuntario y lo que estamos haciendo es relevarlo como un órgano de rango constitucional".
Además, se plantea que "un tribunal especial, que se denominará Tribunal Calificador de Elecciones, tendrá como función guardar el registro fidedigno de la expresión de la voluntad ciudadana manifestada por sufragio en las elecciones y referendos que esta Constitución establece. Tendrá la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales electorales regionales, y deberá asegurar la oportunidad y celeridad de la justicia electoral". Éste incluso fue objeto de una enmienda de consenso.
Además de establecer sus atribuciones, se define que el Tricel estará constituido por cinco miembros, cuatro de ellos serán ministros de la Corte Suprema, designados por ésta, mediante sorteo, junto a un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de presidente o vicepresidente de la Cámara o del Senado, por no menos de 365 días, el que será designado por la Suprema.
Luego fue el turno del debate sobre el capítulo XI dedicado a la "Contraloría General de la República", allí se establece que "un organismo autónomo, denominado Contraloría General de la República, ejercerá el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa".
Junto a esto, se establece que "la Contraloría será dirigida por un Contralor General de la República. Será designado por el Presidente de la República con acuerdo del Senado adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Ejercerá su cargo por un período de ocho años, no podrá ser designado para el período siguiente y será inamovible. Con todo, cesará en su cargo al cumplir 75 años de edad. El proceso de designación deberá iniciarse noventa días antes que el titular en ejercicio cese en el cargo". Normas que fueron aprobadas.
En cambio, se votó de manera separada los incisos 3 y 4 del artículo 176, los cuales señalaban que "un Consejo Técnico Asesor será oído en sesión pública antes que el contralor modifique o sustituya, de conformidad a la ley, la resolución que determina los actos administrativos decisorios que han de ser tomados de razón; emita, de oficio, dictámenes e informes sobre la legislación administrativa relacionada con el funcionamiento de los organismos y servicios fiscalizados, interpretando, con efecto general, obligatorio y vinculante para la Administración, las funciones y atribuciones de aquellas entidades estatales; y, fije los organismos o programas que deben ser fiscalizados".
Dicho Consejo sería presidido por el contralor y estaría "integrado por cuatro consejeros". Ambos incisos fueron rechazados, logrando sólo 13 votos a favor, 10 en contra de los comisionados oficialistas Alexis Cortés, Magaly Fuenzalida, Alejandra Krauss, Catalina Lagos, Domingo Lovera, Gabriel Osorio, Flavio Quezada, Francisco Soto y Verónica Undurraga. Se abstuvo el comisionado Jaime Arancibia, de la oposición.