El hecho ocurrió en el puente Llacolén, cuando Rodrigo Sutter colisionó por alcance en una camioneta contra otro vehículo, que impactó con la barrera de contención.
Captura
El Tribunal Oral Penal de Concepción condenó al concejal de San Pedro de la Paz, Rodrigo Alejandro Sutter (RN), a la pena de 300 días de presidio, con remisión de la pena, en calidad de autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando lesiones menos graves, ilícito perpetrado en septiembre de 2021 en el puente Llacolén.
Además, en fallo unánime en esta causa, lo sentenció a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de condena, la suspensión de la licencia de conducir por el lapso de 36 meses y el pago de una multa de cuatro UTM (252 mil pesos).
También en fallo unánime, el tribunal condenó a Sutter a una segunda pena de 300 días de reclusión, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y la inhabilitación perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, más el pago de una multa de siete UTM (443 mil pesos), como autor de delito consumado de no detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad del accidente de tránsito con resultado de lesiones.
Asimismo, el exedil fue condenado a penas de 41 días de presidio y accesorias legales, como autor de los delitos consumado de daños simples y maltrato de obra a carabinero de servicio, ocasionando lesiones leves.
Finalmente, el tribunal impuso a Sutter el pago de una multa de una unidad tributaria mensual, como autor de la falta consumada de lesiones leves.
Los hechos
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 21 horas del 3 de septiembre de 2021, Rodrigo Alejandro Sutter conducía en estado de ebriedad (con 1,34 gramos del alcohol por litro de sangre) una camioneta, por el puente Llacolén en dirección a San Pedro de la Paz, cuando colisionó por alcance al vehículo conducido por la víctima Javiera Palma, quien producto del impacto chocó con la barrera de contención, resultando con lesiones menos graves, mientras que el vehículo resultó con pérdida total.
Sutter Marisio, quien iba acompañado de Jéssica Montealegre Álvarez, no detuvo su marcha ni prestó auxilio a la víctima, dándose a la fuga hacia su domicilio, ubicado en el sector de Andalué en San Pedro de la Paz. En el trayecto, cerca del fundo El Venado, agredió a Juan Sharnock, a quien mordió, y luego a Jonathan Guzmán, a quien le rompió sus anteojos.
En ese momento Montealegre asumió la conducción de la camioneta e ingresaron a una vivienda donde permanecieron ocultos hasta las 22:35 horas. Al retirarse, Sutter fue interceptado por el cabo 1° de Carabineros David Barra, a quien golpeó para evitar la detención, por lo que la víctima resultó con lesiones leves.
En el ámbito civil, el tribunal acogió, con costas y parcialmente, la demanda interpuesta y condenó a Sutter Marisio al pago de $5.000.000 por concepto de daño moral a la víctima Palma Jara; e igual monto, por daño emergente, a Palma Copelli.