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Enmiendas al anteproyecto profundizan críticas al capítulo del Poder Judicial

Si bien valoran la separación de las funciones jurisdiccional y administrativas, persisten dudas sobre la pertinencia de cuatro órganos además de uno coordinador. Asimismo, hay indicaciones que añaden nuevos tribunales y principios que dejan dudas.

07 de Agosto de 2023 | 08:38 | Por Equipo de Crónica Constitucional
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De las más de mil enmiendas que los consejeros constitucionales presentaron al anteproyecto de la Comisión Experta, menos de 100 fueron al capítulo del Poder Judicial. Estas, sin embargo, no estarían solucionando problemas detectados por especialistas en la etapa de redacción del texto. Por ejemplo, no modifica uno de los puntos más controvertidos: la propuesta de gobierno judicial.

Una de las demandas por décadas, al menos desde la presidencia de Patricio Aylwin, es separar la función jurisdiccional de las labores administrativas que recaen en la Corte Suprema. En respuesta a eso, la Convención pasada propuso un Consejo de la Justicia, pero se cuestionó que no estuviera constituido por una mayoría de jueces.

En esta ocasión los comisionados acordaron que existan cuatro órganos autónomos: uno a cargo de nombramientos, otro responsable de la gestión administrativa y presupuestaria, otro para formar a los jueces y funcionarios, y el último, que vele por el correcto actuar de jueces y funcionarios. Estos cuatro serán coordinados por un quinto consejo.

Pero al igual que en la Convención, la propuesta deja dudas en la academia, siendo una de las principales la amenaza de fragmentación del gobierno judicial. La semana pasada, en la comisión de Función jurisdiccional y órganos autónomos, Priscila Machado, académica de la U. de los Andes, opinó que "el anteproyecto crea un sistema de burocratización, politización interna y externa y de sobrecarga presupuestaria". Semanas atrás, en entrevista con "El Mercurio", el decano de la Facultad de Derecho de la U. de Chile, Pablo Ruiz-Tagle, calificó como “exceso” la multiplicidad de órganos autónomos.

Eso sí, hay quienes ven con buenos ojos la propuesta. Felipe Bulnes, presidente del consejo directivo del Observatorio Judicial y exministro de Justicia, cree que "los cambios que plantea el anteproyecto van en la dirección correcta. Es perfectible, por supuesto. Además que, si uno lo piensa, hay al menos dos órganos que ya existen y no serían completamente nuevos: están la Academia Judicial y la Corporación del Poder Judicial. O sea, no es que estemos pasando a un mundo completamente desconocido".

Independencia


Las enmiendas —de izquierda a derecha— mantienen estos cuatro órganos y al consejo coordinador. Eso sí, tanto republicanos como el oficialismo plantean hablar de órganos "independientes" en vez de "autónomos". Si bien ya la autonomía causaba extrañeza entre algunos expertos, independencia ahora genera más preguntas.

Para el académico de la U. Católica de Valparaíso Eduardo Aldunate Lizana, debiera mantenerse la expresión sobre autonomía "porque implica que no existe respecto de las competencias que le da la propuesta constitucional ningún superior jerárquico, lo que no implica que la ley no pueda disponer un marco de funcionamiento, criterios y mecanismos de control eventualmente. Entiendo la independencia como un concepto un poco más severo, o más denso, en el sentido de que cuando uno tiene un estatus de independencia, podría intentar construir un argumento contra todo tipo de intervención, por ejemplo, de controles y criterios que fije la ley".

Renée Rivero, investigadora de Derecho Procesal de Derecho de la U. de Chile, hasta el lunes vicedecana de dicha facultad, estima que "no se entiende a qué se refiere con órganos independientes. Los órganos independientes son los tribunales de justicia. Los que propone el anteproyecto son más bien de carácter administrativo, porque no ejercen jurisdicción, no están llamados a resolver conflictos como los tribunales. Por lo tanto, ¿independencia de qué? ¿De quién?".

Por su parte, Aldunate asevera que tal como están definidos estos cuatro órganos no le ve sentido al quinto, que tendría la función de coordinar, pues no se detallan sus facultades ni, argumenta, en función de qué tendría que cumplir su labor. "Así como queda constitucionalmente, o es un órgano irrelevante, en el sentido que frente a cualquier decisión que tome los otros órganos van a poder seguir actuando de manera en ejercicio de sus propias competencias, o se puede transformar en un foro incómodo que al no tener función clara puede generar más ruido que otra cosa. O las dos opciones", sostiene. Y agrega: "No está claro cómo va a ejecutar esa labor de coordinación (...) a menos que se transforme en un club de buenos amigos que se junten a conversar, para lo cual no necesitan una disposición constitucional, por cierto".

La decisión de la comisión, al menos por ahora, sería no modificar esto. Algunos consejeros defienden que el Informe de Participación ciudadana reflejó que un 90% de los consultados estaba de acuerdo con que existan cuatro órganos.

Unidad pendiente


La semana pasada Rodrigo Correa, académico de la U. Adolfo Ibáñez, expresó que el anteproyecto "sometido a consideración de ustedes mantiene, constitucionaliza, condiciones orgánicas que hacen imposible que la Corte Suprema unifique jurisprudencia".

Rivero comparte este diagnóstico y le llama la atención que las enmiendas no busquen solucionar esto. En concreto apunta a una enmienda de los republicanos que plantea que "existirá un tribunal especial con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional para juzgar las causas de crimen organizado, narcotráfico, terrorismo, trata de personas, corrupción y demás materias cuyo conocimiento le encomiende la ley”. Para la académica, “la unidad de jurisdicción no estaba realmente garantizada en el anteproyecto y las enmiendas, creando tribunales, profundizan este problema".

En medio de los cuestionamientos al capítulo del Poder Judicial, el comisionado Hernán Larraín planteó: "¿Cuál es la alternativa aparte de la crítica?".

Rivero toma el guante y responde: "En lo que respecta a la unidad jurisdicción, bastaría que la Constitución tuviera una norma genérica que dijera que la facultad de conocer y juzgar los asuntos y conflictos de todo tipo está radicada en los tribunales establecidos exclusivamente por la ley dentro del Poder Judicial". Frente a la propuesta de gobierno, la profesora postula que se podría "crear un órgano autónomo encargado del nombramiento, calificación, disciplina de los jueces, mientras que todo lo que es la administración y gestión administrativa y económica del Poder Judicial y la Academia judicial (es decir, la formación de los jueces) sean órganos de rango legal".

En tanto, a través de un documento compartido a la comisión de Función jurisdiccional, el Instituto Chileno de Derecho Procesal propone eliminar "la definición de los principios o fundamentos de la función jurisdiccional y eliminar de estos el imperio".

El anteproyecto plantea los principios de independencia, imparcialidad, inexcusabilidad, imperio, inviolabilidad e inamovilidad. Lo planteado por el Instituto Chileno de Derecho Procesal va en contra del sentido de enmiendas de republicanos y Chile Vamos, que incorporan más fundamentos aún al capítulo con sus respectivas definiciones: congruencia, celeridad y transparencia.