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Minsal dice que fallo de la Suprema por isapres está "dentro de lo esperado" y que ley corta ayudará a "estabilizar el sistema"

La ministra Ximena Aguilera, junto al superintendente de Salud, explicaron los alcances de lo resuelto por el máximo tribunal, que resolvió anular el alza de la prima GES y abrió la puerta a devoluciones de cobros en exceso.

11 de Agosto de 2023 | 16:01 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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Ministra de Salud, Ximena Aguilera, y superintendente de Salud, Víctor Torres.

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La ministra de Salud, Ximena Aguilera, junto al superintendente de Salud, Víctor Torres, abordaron este viernes los alcances y cumplimiento del fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema que ayer, en votación dividida, resolvió que todas las isapres deberán volver a los valores que establecieron para la prima de las Garantías Explícitas de Salud (GES) en el proceso de 2019, tras anular el alza correspondiente al último trienio.

Además, abrió la puerta a devoluciones para todos los afiliados por los cobros realizados en exceso desde octubre del año pasado dado que las sentencias dictadas son de carácter general, es decir, esto aplica para toda la cartera de afiliados, de todas las entidades, y no solo para aquellos cotizantes que recurrieron a tribunales.

"Para nosotros era un fallo que estaba dentro de lo esperado, es el tercero que emite la Corte Suprema relacionado a la judicialización de las isapres. Primero fue el relacionado con el ajuste del precio base, el año pasado; después la tabla de factores, que motivó el envío de la ley corta, que está actualmente en tramitación en el Senado, y la prima GES, que estábamos a la espera que se resolviera", partió comentando la ministra Aguilera.

La ministra explicó que este fallo viene a "definir de alguna forma algo que no estaba regulado en precios de alza, y la Corte define un criterio". Además, destacó que el equipo técnico al interior de la Comisión de Salud del Senado analizará los efectos económicos que esta sentencia tendrá para las aseguradoras, para poder incorporar elementos a la ley corta de isapres del Ejecutivo.

"Todos estos elementos reiteran la voluntad que tiene el Ejecutivo de seguir analizando esta situación, de que nos hagamos cargo de la sentencia que hace la Corte en respuesta a los requerimientos que han hecho los mismos afiliados en contra de las isapres, y que el objetivo nuestro como Ejecutivo es mantener las garantías de acceso de los afiliados, y en ese sentido, dar condiciones de estabilidad, y para nuestro punto de vista, lo que se está discutiendo en la ley corta, y si se logra aprobar, vamos a lograr una estabilización del sistema".

Por su parte, el superintendente Torres, comentó que "el punto relevante es que hoy día cambia el criterio de la Corte Suprema, ya que con anterioridad y así se reconoce en los mismos fallos, se aplicaba como elemento objetivo la prima universal de Fonasa, que en el caso del GES 87 era de 4UF anuales, sin embargo, se visualiza a partir del estudio de verificación de costos, que es este el instrumento correcto y no el otro, para aplicar criterios de fijación de precios".

Fallo general


Respecto a la decisión de la Suprema de fallar de manera general, Torres explicó que "no existe una instrucción a la Superintendencia de salud, como sí lo hubo en los fallos anteriores, sino que directamente la Corte está estableciendo cuáles son los valores de las primas GES respectivas".

"(El fallo) al tener un efecto general, lo que establece la Corte es una rebaja en el cobro mensual que ellos van a tener; lo de las devoluciones se tiene que ver caso a caso y se está analizando como se va a llevar a cabo".

Ministra de Salud, Ximena Aguilera
Así, planteó que la Corte, no habiendo instruido a la Superintendencia, "sí reconoce el rol que tiene en el considerando 24, a propósito de la eventualidad que pudieran existir diferencias a favor de los usuarios, y en ese sentido, la Superintendencia deberá evaluar caso a caso, si es que eso corresponde y eventualmente cuál será la forma de resolver en esa materia, y en ese aspecto, decir que el rol habitual de la Superintendencia es poder resolver los reclamos que los usuarios presenten por la vía arbitral".

La autoridad comentó que han recibido poco más de 140 mil reclamos por GES y "obviamente se va a empezar a analizar cada una de estas materias según corresponda, en los casos que ha recordado la Corte Suprema".

Además, comentó que ya se reunieron con las isapres para analizar el escenario a partir de los tres fallos, y así revisar los elementos a incorporar en la ley corta del Ejecutivo, "para poder garantizar a las personas del sistema privado, la continuidad en sus atenciones y la continuidad de las coberturas".

Consultada por el efecto que este fallo general en los usuarios, la ministra Aguilera comentó que "al tener un efecto general, lo que establece la Corte es una rebaja en el cobro mensual que ellos van a tener; lo de las devoluciones se tiene que ver caso a caso y se está analizando como se va a llevar a cabo".

Efecto en asegurados y eventual insolvencia de las isapres


La ministra reconoció que la situación es "compleja" para las isapres y por eso insistió en el proyecto de Ley corta que impulsa el Ejecutivo, para otorgar garantías de la estabilidad del sistema, y poder dar cumplimiento a la sentencia.

En esa línea recordó que "las clínicas efectivamente ayer reaccionaron, eso lo estamos viendo con el superintendente, todavía no está todo el análisis del efecto, sin embargo, en un primer momento, me parece que los trascendidos respecto a la sentencia pudieron haber llevado a una interpretación distinta de lo que realmente establece la sentencia".

"Lo que dice la sentencia es que deja sin efecto esta prima reciente, sin embargo se mantiene la prima anterior, y que incluso, si era inferior, se lleva al 7,2 UF de la prima del estudio de verificación de costos. Entonces no es que se haya fijado un nivel parejo para todas las isapres, sino que tiene que ver con la prima que ellos mismos habían definido", precisó la ministra.

Consultado por los plazos para ejecutar el fallo, el superintendente comentó que "nosotros entendemos que esta es una materia que regule la superintendencia, aquí hay un fallo de la Corte, entendemos que desde que ejecutoriada la sentencia, inmediatamente éstas debieran verse el efecto, no obstante, también hay una cuestión administrativa que considerar".

"Recuerden que cualquier modificación a los valores que se cobran por parte de las isapres requieren ser notificadas a las personas que cotizan, sea, individualmente a los cotizantes independientes o a los empleadores, para poder realizar la operativa de esta rebaja, por lo tanto, eso podría tener algún tipo de desfase, pero entendemos que las isapres que han sido notificadas debieran implementar lo antes posible al menos esta rebaja", agregó Torres.
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