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Campaña promueve la denuncia de delitos sexuales cometidos contra menores: ¿Cómo proceder al enterarnos de un caso?

Según la iniciativa conjunta de la Fiscalía Nacional y la Fundación Amparo y Justicia, una de las primeras acciones que hay que tomar es transmitirle a la víctima —ya sea niño, niña o adolescente— que su protección es nuestro deber como adultos y no adoptar "el rol del investigador". Aquí el paso a paso.

30 de Agosto de 2023 | 12:00 | Por Equipo Multimedia, Emol.

La Fiscalía Nacional y la Fundación Amparo y Justicia han unido fuerzas en una campaña conjunta destinada a promover la denuncia y la concienciación sobre los delitos sexuales cometidos contra niños, niñas y adolescentes. Esta iniciativa se centra en salvaguardar los derechos de las víctimas y se materializa a través de la distribución de recursos informativos en lugares estratégicos de gran afluencia.

Desde la implementación de la Ley 21.057 —conocida como “Ley de Entrevistas Videograbadas”— entre octubre de 2019 y julio de 2023 se registraron más de 53 mil denuncias bajo su amparo. Para Alejandro Espinoza, presidente de Amparo y Justicia, el objetivo de esta campaña es justamente “seguir aportando conocimientos y compartiendo nuestra experiencia para asegurar que las investigaciones criminales sean minuciosas y exhaustivas”.

La iniciativa también abarca programas de capacitación en la Región de Aysén, con el fin de fortalecer la capacidad de respuesta ante agresiones sexuales dirigidas a menores. Adicionalmente, se lanzará una campaña dirigida a profesores, orientada a guiarlos en la manera de abordar relatos de víctimas y resaltar la relevancia de denunciar estos casos.

Conoce a continuación cuál es el paso a paso difundido por estos organismos:
    1. Si un niño, niña o adolescente te cuenta que ha sido víctima de un delito sexual, acógelo, agradece su confianza y transmítele que su protección es tu deber como adulto.

    2. Escucha atentamente sin interrumpir ni hacer preguntas sobre lo sucedido. No asumas el rol del investigador, ni emitas comentarios sobre su relato.

    3. Al enterarte del delito debes realizar la denuncia en Fiscalía, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o ante cualquier tribunal penal.

    4. Si trabajas en un establecimiento educacional o centro de salud, tienes la obligación de hacerlo dentro de las 24 horas siguientes.

    5. También se debe informar al adulto responsable a menos que este sea identificado como el presunto agresor. Ante lo cual es necesario buscar a otro familiar.

    6. Sea cual sea el organismo receptor de la denuncia, los funcionarios que reciben la información deben otorgar un trato digno y respetuoso, informando los derechos de la víctima y el procedimiento a seguir.

    7. La denuncia debe realizarse siempre en un lugar protegido, separado de otras oficinas en las que se esté interactuando con más personas.

    8. La persona que recibe la denuncia debe registrar íntegramente todas las manifestaciones verbales y conductuales que el niño, niña o adolescente, exprese de forma voluntaria y espontánea sobre los hechos.

    9. El funcionario tiene prohibido indagar y realizar preguntas al niño, niña o adolescente sobre cómo ocurrieron los hechos o quiénes participaron.

    10. Si necesita atención de salud urgente, se debe trasladar de inmediato a un centro médico. Ahí mismo se puede realizar la denuncia considerando todas las medidas de resguardo y confidencialidad.

    11. La participación del niño, niño o adolescente en la denuncia es voluntaria. No se puede obligar su participación.

    12. Posteriormente, un profesional de las Unidades Regionales de Atención a las Víctimas y Testigos (URAVIT) de la Fiscalía, se contactará con el niño, niña o adolescente —o con el adulto a cargo— para saber si se encuentra en condiciones físicas y psicológicas, para participar de una Entrevista Investigativa Videograbada.

    13. Esta conversación —la cual se utilizará en el proceso de investigación— es grabada con cámara y micrófono, y es cuidadosamente resguardada.

    14. La Entrevista Investigativa Videograbada se intenta realizar en el momento más cercano a la denuncia, con un entrevistador especializado y acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

    15. Estas entrevistas se realizan en salas especialmente habilitadas, ubicadas en las dependencias de la Fiscalía, el Poder Judicial, la PDI o de Carabineros. .

    16. Si posteriormente el niño, niña o adolescente requiere entregar más información, puede pedir que se realice una nueva Entrevista Investigativa Videograbada.

    17. La idea de recoger información precisa y documentar el diálogo con las víctimas, es disminuir futuras interrogaciones, aliviando así la pesada carga que lo ayudará en su recuperación.

    18. Si tras el cierre de la investigación se considera que los antecedentes son suficientes para acusar a la persona imputada, se realizará una audiencia de preparación de juicio oral.

    19. En este juicio, el niño, niña o adolescente, entrará a una sala especial —distinta a la de la audiencia— acompañado solo por la persona que ejerce el rol de intermediario.

    20. Al finalizar el juicio, el tribunal tomará una decisión y dictará su veredicto. Dentro de cinco días —o en un plazo superior— se dará lectura a la sentencia.

Diseño: Johanna Mellado, Emol | Contenido: José Manuel Vilches, Emol | Fuente: Amparo y Justicia
Recursos: Flaticon y Freepik (Ver detalle)
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