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Juez de Arica dice a la Corte que reveló identidades de testigos porque debido proceso "estaba siendo amenazado"

Pese a los cuestionamientos por el riesgo para la integridad de quienes habían declarado en la causa, recordó al tribunal las garantías de los imputados y que estos "eran personas sujetos de derechos".

22 de Septiembre de 2023 | 14:25 | Por Lorena Cruzat, El Mercurio
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Juez Barraza apuntó a la fiscalía.

Poder Judicial
"Estando ad portas de una audiencia de preparación de juicio oral, se accedió a lo solicitado por las defensas, en orden a tener acceso a los nombres de los testigos reservados, primando en el presente caso el derecho constitucional a un debido proceso, el cual estaba siendo amenazado por la decisión del persecutor".

El juez de garantía de Arica, Héctor Barraza, explicó así por qué decidió dar a las defensas acceso a la identidad de más de 50 testigos protegidos y agentes encubiertos en la investigación por homicidios, secuestros y drogas contra el clan de Los Gallegos, vinculado al Tren de Aragua, organización criminal de origen venezolano.

Barraza entregó las explicaciones ante la Corte de Apelaciones de Arica, luego que el Ministerio Público presentara un recurso de protección para velar por la integridad de los testigos protegidos, pero también de los policías, magistrados y fiscales amenazados durante el proceso.

Uno de los temas que también se le reprochaba al juez de garantía en esta y otras presentaciones —dado que la cartera de Interior también recurrió— apunta a que no permitió a la fiscalía conectarse a la audiencia por Zoom.

A ello, Barraza respondió, consigna el texto que ingresó al tribunal de alzada: "Por temas de transparencia y explicando que la regla general eran las audiencia presenciales y que, excepcionalmente, se podía permitir la comparecencia remota, se le consultó si había solicitado aquella modalidad, a lo que respondió que su comparecencia había sido solicitada y aprobada previamente tanto por el tribunal como por la Corte (sic), se le indicó que revisado el sistema no había observado tal autorización".

Choque de derechos de víctimas e imputados


El magistrado expuso, además, a la Corte de Apelaciones de Arica que se explicó en la resolución que se impugna "el rol del juez de garantía, en orden a verificar que cada interviniente encontrara vigencia en los derechos que le reconoce la ley o la Constitución Política, y en el presente caso nos encontrábamos en una clara colisión de derechos, entre las garantías de protección a víctimas y testigos de la causa y el derecho al debido proceso respecto de los imputados, quienes independientemente de los delitos por los cuales fueron acusados, eran personas sujetos de derechos", dijo.

Mientras al cuestionamiento que le hace la fiscalía e Interior, en su calidad de querellante, sobre que no tuvo en consideración la gravedad de los delitos indagados en esta causa al alzar la reserva, recuerda la normativa vigente y la Constitución, pero también que, en otro caso, la Corte Suprema, anuló la sentencia y juicio oral "quedando el proceso en etapa de preparación de juicio oral, por la utilización de dichos testigos (protegidos)".

O, agrega, a nivel internacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, "en el Proceso Norín Catrimán y otros vs. el Estado de Chile, dentro de las múltiples observaciones, se refirió a la utilización de testigos reservados".

A juicio del magistrado, "existen grandes dificultades en cuanto a las garantías fundamentales en juego, que en lo inmediato se reflejaran en la audiencia de preparación de juicio oral, por lo demás el acceso a las identidades de los testigos es únicamente a los defensores que plantearon la incidencia, para los fines planteados y a los que se hizo referencia anteriormente, aquello sin perjuicio de las medidas de resguardo que lleva a cabo el persecutor penal o las medidas adicionales que pueda ordenar la Ilustrísima Corte de Apelaciones".
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