EMOLTV

Consejeros rechaza creación de un ente asesor de Contraloría que había sido criticado por Bermúdez

La norma contó con 11 votos a favor de Chile Vamos, 13 en contra del oficialismo y 26 abstenciones de republicanos y de RD.

03 de Octubre de 2023 | 12:58 | Por María Cristina Romero, Emol
imagen

El pleno del Consejo Constitucional.

Aton Chile/ Archivo.
El pleno del Consejo Constitucional continúo este martes con la discusión de los capítulos XI Contraloría General de la República, ocasión en que se rechazó la creación de un Consejo Técnico Asesor del organismo.

La norma contó con sólo con 11 votos a favor de Chile Vamos, 13 en contra del oficialismo y 26 abstenciones de republicanos y de los consejeros de RD, José González, Kinturay Melín, Julio Ñanco y Paloma Zúñiga.

La norma era parte del artículo 189, que señalaba en su inciso 3 que "la Contraloría General de la República estará compuesta, además, por un Consejo Técnico Asesor que ejercerá la competencia establecida en esta Constitución".

"Este consejo deberá ser oído antes de que el Contralor", primero "modifique o sustituya, de conformidad a la ley, la resolución que determina los actos administrativos decisorios afectos a toma de razón".

O bien antes de que el contralor "emita, de oficio, dictámenes e informes sobre la legislación administrativa relacionada con el funcionamiento de los organismos fiscalizados, interpretando, con efecto general, obligatorio y vinculante para la Administración, las funciones y atribuciones de aquellas entidades estatales" o "fije los organismos o programas que deben ser fiscalizados".

Al caerse ese inciso, se cayeron también el resto de las normas referidas al Consejo Técnico Asesor de la Contraloría que estaban contenidas en ese artículo. Cabe recordar que el propio contralor Jorge Bermúdez, había sido crítico de los cambios que se querían establecer en la Contraloría en materia constitucional.

En primer lugar, se votaron las normas sobre la Contraloría General, aprobándose por 50 votos a favor así el inciso 1 del artículo 188 que señala que "un organismo autónomo, denominado Contraloría General de la República, ejercerá el control de la legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa".

Luego, se visaron las funciones que regirán a la Contraloría, a la vez que se ratificó por unanimidad el inciso 1 del artículo 189 que expresa que el organismo "será dirigida por un Contralor General de la República. Será designado por el Presidente de la República con acuerdo del Senado adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Ejercerá su cargo por un período de ocho años, no podrá ser designado para el período siguiente y será inamovible. Con todo, cesará en su cargo al cumplir setenta y cinco años de edad. El proceso de designación deberá iniciarse noventa días antes de que el titular en ejercicio cese en el cargo".

"El Contralor General deberá tener a lo menos quince años de título de abogado y contar con reconocida y comprobada competencia e idoneidad profesional o académica en el ámbito de sus funciones, así como poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio", se precisa en el inciso 2 del mismo artículo.

Banco Central


Luego, se votó el capítulo XII sobre el "Banco Central", aprobándose el artículo 193 que establece que "el Banco Central es un organismo autónomo, con patrimonio propio, de carácter técnico, cuya composición, organización, funciones y atribuciones las determinará una ley institucional".

También se aprobó el artículo 194 que precisa que "el Banco Central tendrá por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos".

"Para estos efectos, el Banco Central podrá regular la cantidad de dinero y de crédito en circulación, ejecutar operaciones de crédito y cambios internacionales y dictar normas generales en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales", se sostiene en el texto.

Más tarde, la consejera María Pardo (CS) lamentó "la eliminación de la facultad excepcional que se le otorgaba al Banco Central que ya estaba en la Constitución del 80 de intervenir en el mercado financiero (...) en circunstancias bastante excepcionales".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?