Tras dos extensos días de votaciones y la revisión de
622 enmiendas, la
Comisión Experta despachó ayer las observaciones a la propuesta constitucional. Indicaciones que la próxima semana deberán ser discutidas por el Consejo Constitucional.
Del total de indicaciones presentadas más de 200 lograron el quórum de 3/5 para ser aprobadas por el pleno, debido a que había varias normas de carácter técnico duplicadas por ambos sectores, a la vez que se dieron votaciones cruzadas.
Aún así, existieron otras observaciones que no lograron los 14 votos requeridos, manteniéndose la redacción de los consejeros tal cual. A continuación, te presentamos los puntos de la votación de los consejeros.
Estado social y democrático de derecho
Uno de los primeros cambios aprobados por la Comisión Experta fue la propuesta de la oposición de regresar la referencia al Estado social y democrático de derecho al artículo 1 del texto constitucional desde el artículo 2 donde lo habían dejado los consejeros.
De esta forma, se aprobó que en el inciso 3 del artículo 1 quede ahora así: "El Estado de Chile es social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales, deberes constitucionales, y promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas".
Derecho a la vida
Pese a existir dos propuestas de Chile Vamos para cambiar la redacción de la referencia al derecho a la vida, contenida en el inciso 1 del artículo 16 del capítulo 2, ninguna logró los votos necesarios para su aprobación.
De esta forma, se mantendrá la redacción del Consejo que establece que "la ley protege la vida de quien está por nacer".
Expulsión de migrantes
Con votos de oficialismo y oposición se aprobó suprimir la norma que establece la expulsión de migrantes irregulares en el país. La iniciativa impulsada por republicanos, podría ser repuesta en una Comisión Mixta.
"Los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia", señalaba el inciso.
Objeción de conciencia
También se suprimió con votos de Chile Vamos, la objeción de conciencia de conciencia institucional e individual, la cual se podría volver a abordar en la mixta.
La redacción rechazada señalaba que en su artículo 13 que "el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de toda persona para adoptar la religión o las creencias de su elección, a vivir conforme a ellas, a transmitirlas, y a la objeción de conciencia individual e institucional. Se garantizará su ejercicio, debido respeto y protección".
Enfermos terminales
Los cambios propuestos a la norma sobre arresto domiciliario para enfermos terminales no logró los votos necesario para su cambios, por ende, se mantendrá la propuesta del Consejo.
El texto señala que "las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal y que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad".
Contribuciones
Los comisionados además visaron eliminar la enmienda que exime del pago de contribuciones para la vivienda principal, esto con votos del oficialismo y de Chile Vamos. Se trataba de una norma impulsada por los republicanos y que iría a Comisión Mixta.
Ésta establecía que "el inmueble destinado a la vivienda principal del propietario y de su familia estará exento de toda contribución e impuesto territorial".
Salud y pensiones
Se mantuvieron las normas que establecen la libertad de elección en salud y pensiones. De este modo, se mantendrán las redacciones que señalan que "es deber preferente del Estado garantizar a todas las personas la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales y privadas, en la forma y condiciones que determine la ley, la que podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado".
Así como aquella que precisa que "cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por estas, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno".
Derecho a huelga
Se rechazaron las observaciones sobre el derecho a huelga, quedando supeditada a la negociación colectiva.
"La libertad sindical. Esta comprende el derecho a la sindicalización, y a la huelga ejercida dentro del marco de la negociación colectiva", se lee en el texto del Consejo.
Justicia militar
Por otra parte, la Comisión suprimió el artículo 119 sobre justicia militar, con votos de oficialismo y oposición.
De esta forma, la norma señalaba que "las actuaciones de los militares, ya sea en acto de servicio militar o en cumplimiento de sus funciones, serán conocidos por la jurisdicción militar. En ningún caso o circunstancia los civiles que hayan intervenido en esos hechos podrán ser juzgados por los tribunales militares".
Estado de sitio
También se eliminó del estado de sitio por grave amenaza terrorista, esto con votos de ambos sectores.
Así se aprobó la observación que elimina a la "grave amenaza terrorista" como una de las causales para declarar estado de sitio. Sólo puede invocarse en caso de "guerra interna o grave conmoción interior", con acuerdo del Presidente de la República y el Congreso Nacional.
Reelección de autoridades
Los comisionados aprobaron suprimir la última parte de la norma respecto al cambio de comuna o distrito para postular al cargo popular, pese a ya haber cumplido el periodo en otro lugar.
La norma establece que "los gobernadores regionales solo podrán ser reelegidos en sus cargos sucesivamente por una vez. Los consejeros regionales, alcaldes y concejales podrán ser reelegidos sucesivamente en sus cargos hasta por dos veces".
Y se eliminó la parte que señalaba que "con todo, no se aplicará la regla anterior en caso de presentarse como candidatos en una comuna o región distinta a aquella en la que ejercía el cargo".
Número de diputados
Por otra parte, se rechazó una enmienda del oficialismo que apostaba a a sacar de las disposiciones transitorias la alusión a la rebaja del número de diputados.
De este modo, se mantendrá la redacción del Consejo Constitucional que establece una disminución a 138 diputados en la Cámara Baja.
Paridad
También como parte de las disposiciones transitorias, los expertos aprobaron reincorporar la paridad de salida transitoria para el Congreso.
De este modo, se retomó la idea de que "dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de esta Constitución, será ingresado al Congreso Nacional, por mensaje o moción, un proyecto de ley electoral que deberá disponer un mecanismo para su integración, según las siguientes reglas: a) El mecanismo corregirá la distribución y asignación preliminar de escaños, en elecciones de diputados y senadores, cuando algún sexo supere el sesenta por ciento de los electos en los respectivos actos".