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¿Cuándo sabré si soy vocal de mesa?: Las fechas clave de cara al Plebiscito constitucional del 17-D

Con la publicación del decreto -en el Diario Oficial- que convoca al Plebiscito, se activará el proceso de campañas y propaganda electoral. Posteriormente, los ciudadanos podrán conocer si fueron seleccionados como vocales de mesa.

11 de Noviembre de 2023 | 07:12 | Redactado por Daniela Toro, Emol.
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El próximo 17 de diciembre se desarrollará el Plebiscito constitucional, donde el voto será obligatorio.

Aton / Archivo.
Luego de la publicación en el Diario Oficial del decreto que llama al Plebiscito constitucional del próximo 17 de diciembre, también comenzó el periodo de campañas y propaganda electoral, donde cada partido político tendrá tres días para inscribirse ante el Servel e informar las opciones que promoverá, ya sea A Favor o En Contra.

En ese contexto, es que el Servicio Electoral (Servel) ha estado trabajando en los ajustes para el correcto desarrollo del proceso, enfocándose en algunos problemas que se habían registrado antes en zonas rurales, como algunas comunas que tienen el mismo nombre.

De todas formas, el servicio aún no habilita la revisión de los datos electorales, puesto que por ley, tienen plazo hasta 22 días antes de la elección para poner esta información a disposición de la ciudadanía, es decir, el sábado 25 de noviembre.

"Ahí toda la gente puede consultar, donde no sólo aparece en qué local o mesa vota, sino que también se informa de los vocales de mesa. Ellos tienen tres días para excusarse ante las juntas electorales, y después se realiza otra publicación, el sábado siguiente, de los nuevos vocales", precisó esta mañana el director del Servel, Andrés Tagle, a 24 Horas.

¿Cuántas veces se puede ser vocal de mesa? Según explicó Tagle, estos nombramientos tienen un periodo de cuatro años, y luego de eso, la junta electoral "no los puede volver a llamar. Nosotros le decimos a la junta que estas personas ya vencieron su plazo, y no los pueden llamar por lo menos en los cuatro años siguientes".

Tagle recordó que en el caso de las personas que no se presentan a ser vocal -y no se excusan- arriesgan sanciones de 2 a 8 UTM, "bastante más grande que no votar", comentó. Esto, considerando que desde ahora, el voto es obligatorio.

En el caso de las personas que estén a más de 200 kilómetros y no puedan concurrir a votar a sus locales, no pueden excusarse de manera anticipada, sino que deben hacerlo durante el día del Plebiscito.

Fechas clave previo al referéndum


El miércoles 15 de noviembre, vence el plazo para que el Servel publique las características de impresión de los datos que contendrá la cédula electoral, mientras que el jueves 16, vence el plazo para que el Servel, determine, para cada circunscripción electoral, las mesas receptoras de sufragios, los locales de votación en que funcionarán dichas mesas, y los electores que deberán emitir su sufragio en esas mesas.

En tanto, el viernes 17, comienza la emisión de la franja de propaganda gratuita en los canales de televisión abierta.

Ese viernes, a las 14.00 horas, se reunirán las juntas electorales; en Chile, para designar, por sorteo, en los casos que corresponda, los vocales para las mesas receptoras de sufragios y miembros de los colegios escrutadores; y en el extranjero, para la designación, por sorteo, en los casos que corresponda, de vocales para las mesas receptoras de sufragios y la designación de delegados que estarán a cargo de las Oficinas Electorales que funcionarán en los locales de votación.

El sábado 25 de noviembre, el Servel publicará en su sitio web oficial, el nombre de los vocales designados, locales de votación y los delegados de éstos, tanto para Chile como el extranjero.

El lunes 27, vence el plazo para que el Servicio Electoral ponga a disposición de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores, los útiles electorales destinados a cada una de las mesas receptoras de sufragios que funcionarán en el exterior; los cónsules deberán custodiar y trasladar los útiles hacia los locales de votación.

Ese mismo lunes, comienza el plazo para presentar excusas y solicitar exclusiones ante las Juntas Electorales para desempeñar el cargo de vocal de mesa y de miembro del colegio escrutador.

El martes 28 de noviembre y el miércoles 29, a las 09:00 horas, se reúnen las Juntas Electorales para conocer las excusas y solicitudes de exclusión. En tanto, ese miércoles vencerá el plazo para presentar las excusas respectivas.

En tanto, el sábado 2 de diciembre, los secretarios de las Juntas Electorales publicarán las nóminas de vocales de mesa reemplazantes y miembros de los colegios escrutadores, las que también serán publicadas en el sitio oficial del Servel.

Ese sábado, además, vence el plazo para que los partidos políticos y parlamentarios independientes declaren la ubicación de sedes ante la respectiva Junta Electoral. También vence el plazo para divulgar resultados de encuestas, y se entregará a los partidos políticos y parlamentarios independientes, el facsímil de la cédula electoral.

El martes 12 de diciembre, el Servel publicará en los diarios el facsímil de la cédula de votación.

El jueves 14 de diciembre, a las 24.00 horas, finaliza todo tipo de propaganda electoral e información electoral de utilidad para la ciudadanía, y la franja gratuita de propaganda de canales de televisión abierta.

El viernes 15 de diciembre, desde las 00.00 horas, se prohíbe toda manifestación o reunión pública de carácter electoral y permanecerán cerrados los locales públicos o privados en los cuales se realicen actividades de propaganda o se desarrollen reuniones de carácter electoral. Esa jornada, las Fuerzas Armadas y Carabineros asumen el resguardo del orden público hasta el término de las funciones de los Colegios Escrutadores.

El sábado 16, vence el plazo para que el Servel ponga a disposición de las Oficinas Electorales, por intermedio de las Juntas Electorales, los útiles correspondientes para cada mesa receptora de sufragios. Ese día, admeás, los vocales de mesas designados se deben reunir, a las 15.00 horas, para constituirse en las mesas que se les haya fijado y recibir una capacitación, que es obligatoria para quienes ejerzan por primera vez como vocal.

Jornada del Plebiscito y días posteriores


El domingo 17 de diciembre, se desarrollará el Plebiscito constitucional. Las Oficinas Electorales funcionarán desde las 07.00 horas, mientras que los vocales se deben reunir desde las 08.00 horas, momento en que comenzarán a funcionar las mesas. Ese día, además, finaliza el periodo de campaña electoral.

A las 18.00 horas de ese día, y siempre que no hubiere algún elector que deseare sufragar, el Presidente de la mesa receptora de sufragios declarará cerrada la votación, dejando constancia de la hora en el acta.

A medida que las mesas terminen su proceso de escrutinio, el presidente del Servel emitirá, en forma pública y solemne, boletines parciales y final con los resultados que se vayan produciendo. Esta información se desplegará en el sitio web del Servel.

El lunes 18 de diciembre, a las 14:00 horas, se reúnen los Colegios Escrutadores en los locales designados por las Juntas Electorales. El Delegado de la Junta Electoral deberá concurrir personalmente al inicio de la sesión, con el objeto de hacer entrega de los sobres cerrados y dirigidos al Colegio Escrutador los que contienen las Actas de escrutinio de las Mesas Receptoras de Sufragios del local de votación donde ejerció su función, en el territorio
nacional.

En tanto, el miércoles 20 de diciembre, a las 10.00 horas, se reúne el Tribunal Calificador de Elecciones para conocer el escrutinio general y la calificación del Plebiscito, resolver las reclamaciones y efectuar las rectificaciones a que hubiere lugar. El Tribunal comienza a sesionar diariamente hasta cumplir su cometido.

El jueves 21 de diciembre, el Servel inicia el proceso de liberación de resultados provisorios de los escrutinios practicados por los Colegios Escrutadores, cuyas mesas receptoras de sufragios funcionaron en Chile, a medida que vaya disponiendo de ellos, previa comprobación de que la información se ajusta a lo indicado en las actas y cuadros.

El sábado 23 de diciembre vence el plazo para presentar solicitudes de rectificaciones de escrutinios y reclamaciones electorales del Plebiscito, ante el Tribunal Electoral Regional correspondiente. En tanto, entre el 25 y 27 de diciembre, rigen las mismas condiciones, pero para el proceso desarrollado en el extranjero.

El martes 16 de enero de 2024, vence el plazo para que concluya el proceso de calificación del Plebiscito; y el viernes 19 de enero, vence el plazo para comunicar al Presidente de la República y al Congreso, la sentencia de proclamación del Plebiscito Constitucional.

El martes 30 de enero, vence el plazo para la rendición ante el Servel de la contabilidad de ingresos y gastos electorales, mientras que el jueves 9 de mayo, vence el plazo para que el director del Servel se pronuncie acerca del examen de auditoría a la contabilidad de ingresos y gastos electorales.

El martes 17 de diciembre de 2024, vence el plazo para que el director del Servel interponga, ante los Juzgado de Policía Local de la comuna donde se cometieron infracciones, las denuncias en contra de aquellos electores que no concurrieron a sufragar en el Plebiscito.
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