El fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios (frente a los micrófonos), junto al fiscal a cargo de la causa, Cristian Aguilar.
Fiscalía Antofagasta
El Ministerio Público se refirió a la decisión de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que este miércoles resolvió modificar la medida cautelar que pesa sobre el ex seremi de Vivienda de la región,
Carlos Contreras, y del representante de Democracia Viva,
Daniel Andrade, en el marco de la investigación del denominado Caso Convenios.
Pasaron de estar en prisión preventiva a arresto domiciliario total y arraigo nacional.
La determinación la tomó el tribunal de alzada esgrimiendo que ambos imputados han aportado nuevos antecedentes a la indagatoria; algo que fue descartado por la Fiscalía local, que encabeza las diligencias.
Así lo señaló el fiscal Cristian Aguilar Aranela, quien dijo que ni Contreras ni Andrade han cooperado mucho con la investigación.
"Como dijimos en los alegatos, nosotros estimamos que no ha existido ninguna asistencia o colaboración sustancial en los términos que la ley establece para encontrarnos frente a esa atenuante. Además, dijimos que ese era un tema de fondo que correspondía ofrecer al tribunal oral en la audiencia de juicio oral, Sin embargo, esos argumentos no fueron tenidos en cuenta por la Corte y está dentro de las posibilidades de todo procedimiento penal", afirmó Aguilar.
En esa línea, adelantó que como Ministerio Público estudiarán si pedirán nuevamente elevar la cautelar contra Contreras y Andrade. "Las medidas cautelares son totalmente temporales y provisorias, lo que significa que con nuevos y mejores antecedentes distintos, se puede debatir por parte de la fiscalía una solicitud de modificación de cautelares", sostuvo.
Por su parte, el fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, valoró que pese a la decisión de la Corte, ésta mantuvo la calificación jurídica de que existiría fraude al fisco reiterado.
"Las medidas, las resoluciones que se pronuncien sobre medidas cautelares como la prisión preventiva, son esencialmente modificables durante todo el transcurso de la investigación e incluso hasta la etapa de juicio oral, de manera tal que esto no es sino una de las distintas resoluciones que puede haber durante todo el transcurso de esta investigación. Pero lo que nosotros destacamos fundamentalmente es que se mantiene la postura de que estos hechos están calificados jurídicamente como fraude al fisco reiterado", enfatizó.
Y complementó: "El Ministerio Público continúa con su investigación como lo ha hecho tanto en la etapa formalizada como en la etapa desformalizada en su oportunidad. Y eso significa que si durante el curso de la investigación de lo que sigue existen antecedentes que permitan modificar la cautelar para imponer una más gravosa que la que quedó fijada en esta oportunidad por la ilustrísima Corte de Apelaciones, efectivamente el Ministerio Público puede solicitar la modificación de la medida cautelar y volver a solicitar, por ejemplo, la prisión preventiva".