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A dos días del 8/M: Congreso aprueba Ley Integral para erradicar la violencia de género

Entre otros aspectos, establece los deberes de los diversos órganos del Estado, amplía las medidas cautelares y mejora su fiscalización, además de fortalecer el rol de representación jurídica del SernamEG.

06 de Marzo de 2024 | 17:32 | Por T. Fischer, Emol
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Ministerio de la Mujer
A dos días de la conmemoración del día de internacional de la Mujer, el Congreso aprobó la Ley Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género, iniciativa que fue ingresada por la primera ministra de la Mujer en Chile en 2017.

La ley establece las bases y lineamientos para abordar la violencia contra las mujeres en sus distintas expresiones, como también los deberes del Estado en la materia.

La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, expresó que "las mujeres siempre partimos desde el punto que nos dejaron las anteriores. Y si nuestras abuelas pudieron ser de las primeras en ingresar al trabajo remunerado formal, si las mujeres recuperaron la democracia, si pudimos tener las primeras leyes de violencia intrafamiliar, femicidio y la creación del Ministerio de la Mujer, hoy también hemos dado un nuevo paso para las próximas generaciones, para poder tener una Ley Integral en contra de la violencia".

Además, la ministra valoró la votación transversal que tuvo la ley en la Cámara y el Senado. Aseguró que lo anterior "muestra que la violencia contra las mujeres es una prioridad que debe ser de Estado y que no está circunscrita tan solo a un sector, sino que podemos enfrentarla a través de acuerdos amplios".

Específicamente, se trata de un marco normativo para abordar la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en razón de su género. Establece las bases y lineamientos para su abordaje, y los deberes de los distintos órganos del Estado en esta materia, acorde a los compromisos emanados de la Convención de Belém do Pará, instrumento internacional ratificado por Chile desde 1996.

Entre otros aspectos, promulgada la ley va a permitir mejorar la fiscalización de las medidas cautelares y establecer un mecanismo de supervisión judicial para garantizar su cumplimiento y pertinencia.

Además, amplía las medidas cautelares a delitos y agresiones que ocurran fuera de relaciones filiales, afectivas o de convivencia. Actualmente solo se pueden decretar medidas cautelares inmediatas en los casos de violencia intrafamiliar.

La ley también fortalecerá el rol de representación jurídica del SernamEG en casos de femicidios o suicidios femicidas para llegar antes y más rápido; garantiza la asistencia y representación judicial gratuita a las víctimas de violencia de género; incorporará a los niños y niñas como víctimas de la violencia que viven sus madres o cuidadoras y no solo como testigos, y permitirá contar con un sistema de gestión integral de casos, para que todos los organismos que trabajan en la prevención, atención y reparación de la violencia contra la mujer, cuenten con la misma información y puedan intervenir y articularse eficientemente, evitando -además- la revictimización.

También define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones. Además desde un enfoque preventivo, el objetivo es propiciar la elaboración e implementación de planes, programas y protocolos para su prevención.

Finalmente, otro cambio fundamental es que dispone que no se podrá aplicar la atenuante de haber actuado por arrebato o una ofuscación tenaz.


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