La Contraloría emitió un instructivo para las elecciones de 2024.
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La Contraloría General de la República (CGR) emitió un instructivo este viernes respecto al comportamiento que deben tener los funcionarios públicos en el marco de las elecciones que se llevarán a cabo el 27 de octubre de este año, en el que se elegirán alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales.
En el documento de 28 páginas, que resalta 10 puntos y está firmado por la contralora general, Dorothy Pérez, la CGR indica una serie de directrices a seguir, como por ejemplo, la prescindencia política.
En relación a ello, de hecho, expone que "los cargos públicos que sirven funcionarios, autoridades y jefaturas, deben desempeñarse con la más estricta imparcialidad, otorgando a todas las personas de manera regular y continua las prestaciones que la ley impone al respectivo servicio, sin discriminaciones".
El instructivo también se refiere a la aplicación de artículos de la Ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la CGR. Allí se recuerda cómo podrán aplicarse medidas disciplinarias durante el período contemplado por la ley en año electoral.
De la misma manera, el documento expone la prohibición del uso de bienes, vehículos y recursos físicos y financieros, incluidos gastos en publicidad, en actividades políticas.
Además, puntualiza algunas regulaciones que recaen sobre el personal de la Administración del Estado, como el correcto cumplimiento de la jornada de trabajo, el buen uso de viáticos, pasajes y horas extraordinarias, descuentos en remuneraciones, órdenes de jefaturas y control jerárquico, entre otros aspectos.
Uno de sus ítem, incorpora instrucciones sobre las responsabilidades, sanciones y denuncias.
Ahora, de forma paralela, se especifica que el instructivo solo aplica dentro de la jornada y horario laboral de los funcionarios públicos, por lo que poseen autorización para participar de actividades políticas durante su tiempo libre.
"En armonía con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 19.884, que expresamente prevé que 'los funcionarios públicos no podrán realizar actividad política dentro del horario dedicado a la Administración del Estado…', a estos les está vedado disponer de ese tiempo para actividad política partidista, la que pueden ejercer lícitamente fuera de la jornada", menciona el texto de la Contraloría.