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Fiscalía abre causa por muerte de extranjero en un calabozo policial de Colchane: Se activó protocolo de Minnesota

Las diligencias del caso quedaron a cargo de la Brigada de Homicidios de la PDI.

04 de Junio de 2024 | 22:35 | Redactado por Marcelo Silva, Emol
Tras conocerse el fallecimiento de un ciudadano boliviano en el calabozo de un cuartel de Carabineros, en la comuna de Colchane, la Fiscalía Regional de Tarapacá abrió una investigación para esclarecer el suceso.

Para ello, el Ministerio Público activó el "protocolo de Minnesota" para la realización de la autopsia por parte del Servicio Médico Legal.

Según explicó el fiscal Milton Torres los hechos iniciaron la noche del 3 de junio, cuando personal del Ejército sorprendió a dos ciudadanos bolivianos abandonando el país por un paso irregular. "Fueron detenidos y puestos a disposición de Carabineros por el delito de tráfico ilegal de inmigrantes", detalló el persecutor.

"Posteriormente, y en circunstancias que están siendo investigadas, uno de ellos falleció constatada su muerte al interior de un calabozo donde los carabineros cerca de las 3 am de la madrugada del día de hoy", agregó.

Como primera acción, el Ministerio Público dispuso el trabajo de la Brigada de Homicidios.

"Se están haciendo las diligencias para esclarecer los hechos, así como también se dispuso de la realización de una autopsia en los términos del 'protocolo de Minnesota' por parte del Servicio Médico Legal a fin de esclarecer los hechos y establecer las causas de la muerte de un inmigrante", concluyó Torres.

Según la Biblioteca del Congreso Nacional, el Protocolo de Minnesota "tiene por finalidad proteger la el derecho a la vida, así como promover la justicia, la rendición de cuentas y el derecho a una reparación por medio de una investigación eficaz de cualquier muerte potencialmente ilícita o donde exista sospecha de desaparición forzada".

"Se aplica a la investigación de toda muerte potencialmente ilícita. Precisando esta regla, se aplicaría cuando la muerte: (i) Puede haber sido causada por actos u omisiones del Estado, de sus órganos o agentes, o puede ser atribuible al Estado, en violación de su obligación de respetar el derecho a la vida: (ii) Sobrevino cuando la persona estaba detenida, o se encontraba bajo la custodia del Estado, sus órganos o agentes; y (iii) Puede haber sido resultado del incumplimiento por parte del Estado de su obligación de proteger la vida", precisa.
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