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Conflictos internos, roles y desprendidos de Los Gallegos: Así era el organigrama de la temible cúpula del Tren del Coro

El grupo criminal se dedica a la venta de drogas en el Parque Diego Portal y estuvo involucrada en distintos episodios violentos en la ciudad, incluyendo homicidios y enfrentamientos armados que se extendieron por todo el año 2022.

06 de Julio de 2024 | 17:39 | Por B.Olivares Nieto, Emol
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Sentencia a miembros del Tren del Coro.

Fiscalía de Arica
A mediados de junio, la Fiscalía de Arica obtuvo distintas penas que suman 34 años de presidio efectivo contra tres miembros de la organización criminal denominada Tren del Coro, acusados por su responsabilidad en delitos violentos y de drogas, entre otros ilícitos.

El Tren del Coro está constituido por delincuentes descolgados de Los Gallegos -brazo operativo del Tren de Aragua-, y operaba en Arica. El grupo criminal se dedica a la venta de drogas, específicamente en el Parque Diego Portal.

Las dos agrupaciones criminales iniciaron una disputa para apoderarse de dicha "plaza" de venta de drogas, derivando en una guerra entre ambas registrando distintos episodios violentos en la ciudad, incluyendo homicidios y enfrentamientos armados que se extendieron por todo el año 2022.

El trabajo investigativo acreditó que el Tren del Coro era liderado por el Germán Antonio Padilla Díaz -apodado "colombiano"-, secundado por dos venezolanos, Deiiker Javier Pérez Pérez e Ismael Medina Morillo.

El primero de ellos fue condenado a distintas penas que suman 12 años de presidio, mientras que los otros dos recibieron 11 años de presidio, respectivamente, todos como autores de los delitos de asociación ilícita, tráfico de drogas en pequeñas cantidades, robo con intimidación y porte ilegal de arma de fuego.

Los acusados fueron detenidos el 30 de marzo de 2023, luego que ingresaran a un inmueble donde amenazaron con armas de fuego a una familia, sustrayendo un teléfono celular.

En su huida dejaron una pistola marca Glock 19, con su respectivo cargador con once proyectiles balísticos del mismo calibre, incluyendo una munición "Hollow Point" (también conocida como "mata policías"), además de una pistola de aire comprimido.

En la tarde de ese mismo día, personal policial ingresó al domicilio de los acusados, donde uno de ellos, al ver la presencia policial, subió al techo y lanzó dos armas de fuego que posteriormente fueron recuperadas.

Anteriormente, otros tres miembros del Tren del Coro, también venezolanos, fueron condenados en el marco de juicios abreviados.

Organigrama


Emol tuvo acceso al fallo del Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Arica. En el documento se muestra un organigrama de la organización criminal. Con el objetivo de resguardar investigaciones paralelas a esta causa, los antisociales serán identificados con sus iniciales.

El máximo líder se trata de A.E., quien fue parte de Los Gallegos en primera instancia, sin embargo, debido a los conflictos que tenía y a su cercanía con los líderes que se encuentran en Venezuela y Perú pudo fundar el Tren del Coro. El nombre hace referencia a la ciudad Coro, en Venezuela, donde nació y creció el antisocial.

A.E. era el encargado de distribuir la droga y el armamento con el que esta organización criminal se hacía valer. No obstante, a raíz de una serie de operativos policiales, el delincuente escapó del país en dirección a Perú, y se pudo constatar que arribó a Tacna, de acuerdo con información policial.

Las diligencias apuntaron a que A.E. tenía contacto directo con los líderes del Tren de Aragua, que están en Venezuela, Lima y Tacna, Perú, y tenía la labor de organizar a delincuentes y hacer su negocio ilícito en paralelo con Los Gallegos.

Segundo orden


A él le seguía N.B., quien se encuentra sentenciado a la pena de 20 años de presidio por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado.

Además, el delincuente fue condenado a cumplir penas de cuatro años de reclusión como autor de los delitos consumados de tenencia o porte ilegal de arma de fuego y disparos injustificados en la vía pública.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el acusado "sostuvo una discusión con pareja a la cual agredió, motivo por el cual un grupo de personas que se encontraban en la intersección del pasaje San José con Livilcar, observaron lo sucedido entre ellos la víctima (...), razón por el cual intervinieron, auxiliaron a la mujer y agredieron al imputado, quien luego de esta acción se retiró del lugar junto con la mujer".

"Por este motivo (...), el encartado, salió del inmueble que vivía ubicado en pasaje Cotaconani portando en la pretina posterior de su pantalón un arma de fuego Smith and Wesson modelo 19 P, sin contar con la debida autorización para su porte o tenencia, llegando hasta la intersección del pasaje San José con pasaje Livilcar, lugar donde se encontraba la víctima, el cual había intervenido en el conflicto entre los vecinos y (N.B.) horas atrás. Es así que, el encartado se acercó al ofendido, lo rodea y se colocó a unos pasos atrás de este, pasando por la espalda, quedando a su lado izquierdo y aprovechando que el ofendido se encontraba desprevenido y dejándola en la indefensión, bajo traición y sobreseguro, procedió a extraer el arma de fuego que mantenía guardada y efectúo un disparo en contra de la víctima en la zona lateral izquierda del cuello con salida en el área derecha, desplomándose en el suelo, sin capacidad de defenderse y de reaccionar", agregó.

Continuó el fallo señalando que "luego de esta acción el imputado continúo efectuando injustificadamente en varias oportunidades diversos disparos en la vía pública, esto es en el pasaje San José, en contra del testigo presencial de los hechos quien arrancó del lugar, por lo que los proyectiles percutidos después de dispararle en forma alevosa al ofendido quedaron incrustados en un inmueble ubicado en las cercanías del sitio del suceso".

La víctima resultó con un paro cardiorrespiratorio y falleció en el Hospital Regional de Arica.

Nuevos sentenciados y último escalafón


Luego seguía Padilla Díaz -uno de los sentenciados en la última causa contra el Tren del Coro- fue quien asumió el liderazgo de la organización delictual. Según la evidencia expuesta durante el juicio oral, se apunta que la labor del delincuente era administrar la droga y el armamento de fuego que era usado para amedrentar a la población y mantener un resguardo ante eventuales bandas criminales que podrían atentar contra ellos. También se encargó de correr a los traficantes nacionales.

En el siguiente escalafón se encuentran G.M.G. y J.D.G. quienes se encargaban del traslado de drogas, además de la venta de las mismas. G.M.G. habría decidido escapar a la ciudad de Tacna debido a las múltiples detenciones que se estaban produciendo en la ciudad a raíz de las investigaciones policiales, además de los problemas internos que estaba viviendo, mientras que J.D.G. fue detenido por la Brigada de Homicidios.

Finalmente, se encuentran los delincuentes que se encargaban de la venta al menudeo o a seguir las instrucciones de los otros, donde se ubican los sentenciados Deiiker Pérez Pérez e Ismael Medina Morillo.
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