El pasado jueves, la Municipalidad de Independencia aprobó unánimemente el decreto alcaldicio exento N.º 4197, el cual prohibió el uso de parrillas en las calles. La ordenanza, bautizada por el municipio como "la vereda no es tu quincho", busca "responder a las recurrentes situaciones de desorden público en la comuna, reclamos por ruidos molestos, y otras incivilidades".
"Esta ordenanza va en atención a que hemos recibido muchos reclamos y mucha demanda, para ordenar nuestra comuna. Necesitamos poder caminar libremente por nuestras calles, veredas y plazas, que estén despejadas, seguras y limpias. La calle no puede transformarse en un quincho", explicó la alcaldesa Carola Rivero.
"Esta ordenanza va en atención a que hemos recibido muchos reclamos y mucha demanda, para ordenar nuestra comuna. Necesitamos poder caminar libremente por nuestras calles, veredas y plazas, que estén despejadas, seguras y limpias. La calle no puede transformarse en un quincho".
Carola Rivero, alcaldesa de Independencia
Este decreto se suma al toque de queda comercial para barberías y peluquerías implementado bajo la gestión Rivero, quien asumió en julio de este año luego de que el en ese entonces alcalde, Gonzalo Durán, fuese nombrado como delegado presidencial de la Región Metropolitana.
Específicamente, la medida prohíbe el uso de bienes nacionales tales como plazas, parques y calles para fines recreativos y comerciales que involucren la instalación de sillas, mesas, toldos, cocinas, parrillas, ollas, y cualquier otro artículo similar que se utilice comúnmente para vender comida en la calles, incluyendo el uso de parlantes u otro dispositivo que genere ruido.
Dentro de los fundamentos explicados en la medida, se establece que la instalación de los elementos previamente mencionados generan una variedad de problemas. Estos incluyen la privatización temporal del espacio público, el riesgo de accidentes e incendios, deterioro del entorno, y contaminación ambiental.
Por otro lado, el decreto explica que la proliferación de estas actividades han "aumentado significativamente en los últimos años, generando una creciente preocupación en los vecinos y organizaciones comunales". Además, quienes sean fiscalizados deberán pagar entre 2 a 5 UTM (entre $133 mil y $332 mil), dependiendo de la gravedad y reincidencia.
Cabe mencionar que la ordenanza también específica excepciones a la prohibición, quedando excluidas las actividades que cuenten con autorización del municipio mediante una solicitud formal, que incluye el pago de derechos respectivos e información como el tiempo de uso, lugar y condiciones.