Será un cambio radical en el funcionamiento de los hogares, pero un gran paso en la conquista de derechos para las mujeres, especialmente de las empleadas domésticas que tienen familia.
Tras algunos años de discusión, fue promulgada la ley de que consagra el goce de los feriados por parte de las empleadas de casa particular, ya sea puertas adentro como afuera, beneficio que se extiende también para chóferes y mayordomos.
La ley 20.336 deja a firme el descanso dominical de las empleadas domésticas –que puede ser divido en dos tardes semanales- y agrega el descanso de las nanas todos los festivos.
Debido a que la ley fue promulgada el 23, la primera vez que será aplicada será para el próximo fin de semana feriado de Semana Santa que comprende el viernes, sábado y domingo.
La norma dictada tiene algunos acápites que vale la pena tener presente como que este derecho es irrenunciable. Si se puede acordar con el empleador el desplazamiento de su uso, pero ello debe hacerse dentro de un período de 90 días. En todo caso, pasado ese plazo, el derecho no caduca.
La ley deja expresamente claro que el derecho no puede ser transado por dinero.
Asimismo, señala que la violación de este derecho debe ser denunciado a la Inspección del Trabajo y las multas contra los empleadores pueden ir de 30 a 700 mil pesos.
La ley promulgada beneficia a un universo de 14,3% de mujeres que se ocupan como empleadas domésticas que según la encuesta Casen de 2006 alcanza las 350 mil chilenas.
Esta ley se suma a otra serie de beneficios que las empleadas de casa particular han conseguido en los últimos años:
- En 1990 se estableció la indeminización a todo evento (ya sea por despido como renuncia) por un monto de 4,11% de la remuneración mensual.
- En 1993 se alargó el período de descanso que comprende 12 horas, de las que no se pueden descontar las horas de almuerzo y comida. Si puede ser fraccionada, aunque no puede darse menos de 9 horas para descanso nocturno.
- En 1998 se les otorgó fuero maternal irrenunciable.
- En 2008 se estableció que el sueldo de las nanas debe equipararse al salario mínimo, pero en forma progresiva. En marzo de 2009 debía ser de un 83%, en marzo de 2010 de un 92% y en marzo de 2011 el 100%.