ROMA.- Entrarle en "plancha" a un rival es considerado como un delito penal y no como una simple falta deportiva, según una decisión adoptada por el Tribunal Supremo italiano, que considera que este tipo de falta supera los límites de lealtad deportiva.
De esta forma, la cuarta sección penal del Tribunal Supremo convirtió en definitiva la condena de 300 euros de multa por lesiones no intencionadas de que fue objeto Francesco C., quien durante un partido de fútbol, disputado en Enna, efectuó una plancha (pierna tendida en alto) al adversario Marco D.P.
Una falta que le provocó a su rival una fractura de la mandíbula que precisó de unos cuarenta días de recuperación.
Los abogados de Francesco, en cambio, mantenían la tesis de que su acción entraba dentro del ámbito de una falta deportiva y que se había tratado de una simple y fortuita disputa de juego con el objetivo de hacerse con la posesión del balón.
Esta tesis no fue admitida por el Supremo, que indicó que la "plancha" no es una simple falta, sino toda una infracción del código penal.