BRUSELAS.- Futbolistas profesionales de 101 países podrán en lo sucesivo desempeñarse en clubes de la Unión Europea (UE), bajo las mismas condiciones que los jugadores oriundos de las naciones que conforman la UE.
Esto se desprende de una lista dada a conocer hoy en Bruselas por la Comisión de la UE, después que la Corte Europea de Justicia fallara ayer a favor del ruso Igor Simutenkov, ex jugador del Tenerife.
Siguiendo el dictamen de esta sentencia, los futbolistas de determinados Estados con acuerdos especiales con la UE tendrán que ser tratados en el futuro como comunitarios.
La principal consecuencia de ello es que los jugadores de este centenar de naciones ya no tendrán que someterse a limitaciones para alinear con sus equipos, debido a la existencia de cupos para extranjeros no comunitarios.
Simutenkov, que llegó al club español en 1999, solicitó en 2001 a la Federación Española de Fútbol (RFEF) cambiar su licencia federativa de "extranjero" por una de "nacional". La RFEF se la denegó, igual que los tribunales de lo Contencioso-Administrativo españoles. El futbolista apeló entonces a la Audiencia Nacional, que trasladó la cuestión a Luxemburgo.
El futbolista ruso, de 30 años, basó su demanda en los acuerdos de asociación entre su país y la UE firmados en 1994, que prohíben la discriminación de trabajadores rusos por motivos de nacionalidad. La regla de la RFEF que restringe el número de no comunitarios en los equipos a un cierto número es, en este caso, ilegal, decidió el tribunal.
A través de un comunicado, la Comisión de la UE hizo constar hoy que además de Rusia hay otros 100 países con acuerdos con la unión, en los cuales se descarta expresamente cualquier tipo de discriminación en el lugar de trabajo, sobre todo en cuanto a condiciones laborales y retribución económica.
Se trata de 77 países de la asociación Africa-Caribe-Pacífico (ACP) y otras 24 naciones que van desde Escandinavia hasta el norte de Africa y el Cáucaso.
Lo anunciado hoy por la Comisión contradice lo anunciado el martes por fuentes oficiales del propio Tribunal Europeo, en el sentido de que la aplicación de un caso similar al de Simutenkov en cada caso depende de la redacción de los términos del acuerdo en materia de trabajadores.
Entre los países beneficiados con mayor cantidad de jugadores en ligas europeas, destacan Camerún, Nigeria, Ghana, Sudáfrica, Costa de Marfil y Senegal, además de varias naciones europeas que aún no pertenecen formalmente a la UE.
Este cambio puede significar un importante impacto en Latinoamérica y Chile, ya que las plazas de extranjeros que se liberan con este fallo, pueden apuntar principalmente al mercado de futbolistas latinoamericanos.
Lista de países cuyo futbolistas tienen derecho a una licencia de la UE:
Noruega, Liechstenstein, Islandia, Suiza, Turquía, Argelia, Marruecos, Túnez, San Marino, Bulgaria, Rumania, Rusia, Macedonia, Croacia, Ucrania, Moldavia, Armenia, Azerbaiyán, Georgia, Kazajstán, Kirguistán, Turkmenistán, Uzbekistán, Bielorrusia.
Estados de la ACP:
Guinea Ecuatorial, Etiopía, Angola, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Benín, Botswana, Burkina Faso, Burundí, Islas Cook, República Democrática del Congo, Dominica, República Dominicana, Djibouti, Costa de Marfil, Eritrea, Fidyi, Estados Federados de Micronesia, Gabón, Gambia, Ghana, Grenada, Guinea, Guinea-Bissau, Guyana, Haití, Jamaica, Camerún, Cabo Verde, Kenia, Kiribati, Komoren, República del Congo, Lesotho, Liberia, Madagascar, Malavi, Mali, Islas Marshall, Mauritania, Mauricio, Mozambique, Namibia, Nauru, Níger, Nigeria, Niue, Palau, Papua-Nueva Guinea, Ruanda, Islas Salomón, Zambia, Samoa, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Zimbabwe, Somalia, St. Kitts y Nevis, St. Lucía, St. Vincent y Granadinas, Sudán, Surinam, Sudáfrica, Suazilandia, Tanzania, Togo, Tonga, Trinidad y Tobago, Chad, Tuvalu, Uganda, Vanuatu y República Central Africana.