SANTIAGO.- La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), resolvió formular cargos contra un ejecutivo, 6 ex ejecutivos, 11 ex directores, además de la auditora externa PricewaterhouseCoopers (PwC) y su socio a cargo de la auditoría, Luis Alejandro Joignant, por presuntas infracciones a la Ley de Mercado de Valores y a la Ley de Sociedades Anónimas.
Entre los ex ejecutivos se encuentran Pablo Alcalde, ex presidente desde noviembre de 2009 a junio de 2011 y antes gerente general por 10 años, Julián Moreno, ex gerente corporativo de productos financieros del retail, Nicolás Ramírez, ex gerente general corporativo, María Isabel Farah, ex gerenta corporativa, e incluso el ex ministro de Transporte, René Cortázar, en su calidad de ex director de la multitienda.
Las formulaciones de cargos se circunscriben a la responsabilidad de los actores por haber proporcionado y certificado información no veraz a la Superintendencia y al mercado.
Además, por presentar cuentas irregulares a los accionistas, así como también información falsa, por ocultar datos esenciales y por la transacción de acciones teniendo información privilegiada.
El superintendente de Valores y Seguros, Fernando Coloma, señaló que estas formulaciones de cargos no constituyen por sí mismas sanciones. Se trata de presunciones fundadas que reflejan las conclusiones a las que ha llegado la SVS a la fecha sobre la base de la información recopilada en sus investigaciones.
Los ex ejecutivos a los cuales se les formularon los cargos tienen un plazo inicial de 10 días hábiles desde la notificación para presentar sus descargos y solicitar, si lo estiman pertinente, la apertura de un periodo de prueba.
Una vez que esto concluya, la SVS determinará si se mantienen los cargos formulados, tras lo cual aplicaría una sanción o puede recalificar las situaciones.
En el proceso, que puede durar hasta seis meses y tiene carácter reservado, se les puede aplicar una sanción pecuniaria, cuyo monto máximo es de 15 mil UF ($328.826.700 al valor de hoy de la UF de $ 21.921,78), o también se puede optar por una censura o la liberación del cargo si se demuestra que la responsabilidad no existió.
CARGOS FORMULADOS
- Pablo Alcalde, quien se desempeñó como gerente general de Empresas La Polar S.A. desde 1999 hasta 2009 y luego como director y presidente de la compañía, por:
Presunta infracción al art. 59 letra a) y f) de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de proporcionar antecedentes falsos a la Superintendencia y al mercado, y por la prohibición de directores y gerentes de entregar de información falsa a la Superintendencia en emisiones de valores de oferta pública, respectivamente, presunta infracción del art. 42 N°4 de la Ley de Sociedades Anónimas que, en materia de responsabilidad de gobierno corporativo, prohíbe presentar a los accionistas cuentas irregulares, informaciones falsas u ocultar informaciones esenciales y presunta infracción de las prohibiciones asociadas a la transacción de acciones estando en posesión de información privilegiada tipificada en el art. 165 de la Ley de Mercado de Valores, al haber enajenado acciones de Empresas La Polar S.A. en circunstancias que, en razón de su cargo o posición, habría conocido la real situación financiera de la sociedad.
- Julián Moreno, María Isabel Farah y Pablo Fuenzalida, quienes se desempeñaron como gerentes corporativos de La Polar hasta junio y julio de 2011, por presunta infracción al art. 59 letra a) de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de proporcionar antecedentes falsos a la Superintendencia y al mercado y presunta infracción de las prohibiciones asociadas a la transacción de acciones estando en posesión de información privilegiada tipificada en el art. 165 de la Ley de Mercado de Valores, al haber enajenado acciones de Empresas La Polar S.A. en circunstancias que, en razón de su cargo o posición, habrían conocido la real situación financiera de la sociedad.
- Nicolás Ramírez, quien se desempeñó como Gerente General de La Polar desde noviembre de 2009 hasta enero de 2011, por presunta infracción al art. 59 letra a) y f) de la Ley de Mercado de Valores, que establece la prohibición de proporcionar antecedentes falsos a la Superintendencia y al mercado, y por la prohibición de directores y gerentes de entrega de información falsa a la Superintendencia en emisiones de valores de oferta pública, respectivamente, presunta infracción del art. 42 N°4 de la Ley de Sociedades Anónimas que, en materia de responsabilidad de gobierno corporativo, prohíbe presentar a los accionistas cuentas irregulares, informaciones falsas u ocultar informaciones esenciales y presunta infracción de las prohibiciones asociadas a la transacción de acciones estando en posesión de información privilegiada tipificada en el art. 165 de la Ley de Mercado de Valores, al haber enajenado acciones de Empresas La Polar S.A. en circunstancias que, en razón de su cargo o posición, habrían conocido la real situación financiera de la sociedad.
- Andrés Ibáñez, Fernando Franke, Raúl Sotomayor, Jacques de Montalembert, René Cortázar y Francisco Gana, quienes se desempeñaron como directores y miembros del comité de directores de La Polar, por presunto incumplimiento de las obligaciones de cuidado y diligencia que los art. 39 y 41 de la Ley de Sociedades Anónimas imponen a los directores de las sociedades anónimas y presunto incumplimiento, como miembros del comité de directores de los deberes que el art. 50 bis de la Ley de Sociedades Anónimas impone a dicho cargo.
- Baltazar Sánchez, Norberto Morita, Heriberto Urzúa y María Gracia Cariola, quienes se desempeñaron como directores de La Polar, por presunto incumplimiento de las obligaciones de cuidado y diligencia que la Ley de Sociedades Anónimas en sus art. 39 y 41 le imponen a los directores de las sociedades anónimas.
- Empresa de auditoría externa PriceWaterhouseCoopers y al socio a cargo de la auditoría de Empresas La Polar S.A. para el ejercicio 2010, Luis Alejandro Joignant, por la presunta infracción a las obligaciones que les imponen los art. 239, 240, 246 y 248 de la Ley de Mercado de Valores y las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas.
- Daniel Meszaros y Santiago Grage, quienes en su calidad de gerentes corporativos de La Polar, por presunta infracción de las prohibiciones asociadas a la transacción de acciones estando en posesión de información privilegiada tipificada en el art. 165 de la Ley de Mercado de Valores, al haber enajenado acciones de Empresas La Polar S.A. en circunstancias que, en razón de sus respectivos cargos, habrían conocido la real situación financiera de la sociedad.
- Martín González, quien actualmente se desempeña como gerente general interino de La Polar desde Enero de 2011, por presunta infracción del art. 42 N°4 de la Ley de Sociedades Anónimas que, en materia de responsabilidad de gobierno corporativo, prohíbe presentar a los accionistas cuentas irregulares, informaciones falsas u ocultar informaciones esenciales.