CARACAS.- A continuación, los once artículos del acta constitutiva que instauró hoy en Venezuela un Gobierno de transición y unidad nacional, presidido por el empresario Pedro Carmona, en sustitución del derrocado Presidente Hugo Chávez.
- Artículo 1: Designa a Pedro Carmona Presidente del Gobierno de transición democrática y de unidad nacional.
- Artículo 2: Reestablece el nombre de República de Venezuela.
- Artículo 3: Disuelve la Asamblea Nacional y convoca a elecciones legislativas a más tardar en diciembre de 2002 con facultades constituyentes para reformar la Carta Magna aprobada en 1999 durante el Gobierno de Chávez.
- Artículo 4: Crea un Consejo Consultivo de Estado de 35 miembros que representen a los diferentes sectores de la sociedad democrática venezolana.
- Artículo 5: Faculta al Presidente a coordinar las políticas para el período de transición.
- Artículo 6: Convoca a elecciones nacionales generales en un lapso no mayor de un año a partir de esta fecha, y el Presidente que sea electo en esos comicios sustituirá a Carmona.
- Artículo 7: Faculta al Presidente para remover y designar transitoriamente a los titulares de los órganos de los poderes públicos nacionales, estaduales y municipales, así como a los representantes de Venezuela ante los parlamentos Andinos y Latinoamericanos.
- Artículo 8: Destituye al presidente y demás magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
- Artículo 9: Revoca la vigencia de las 49 leyes dictadas por Hugo Chávez en noviembre del año pasado, y faculta al Presidente para instalar una comisión que revise dicha reglamentación.
- Artículo 10: Mantiene el ordenamiento jurídico siempre y cuando no colinde con el presente decreto, y también los compromisos internacionales sumidos por Venezuela.
- Artículo 11: Exige al Gobierno de transición entregar poderes y rendir cuentas a los órganos del poder público que se elijan.